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PATRIA POTESTAD EN DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

  • Consulta : 171533
  • Autor : azul2004
  • Publicado : Martes 02 de Octubre de 2012 14:30 desde la IP: 189.253.116.45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,085
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  • Autor
    Consulta

  • azul2004
    USUARIO REGISTRADO

    BUENAS TARDES

     

    MI DUDA ES LA SIGUIENTE AL MOMENTO DE CASARME MI PAREJA TENIA UNA NIÑA, LA CUAL REGISTRE CON MIS APELLIDOS COMO SI FUERA MIA ACTUALMENTE VOY A DIVORCIARME, ESTOY DE ACUERDO EN PAGAR UNA PENSION ALIMENTICIA, PERO LA INTENCION ES SEGUIR ES SEGUIR VIENDO A MI HIJA A QUE TENGO DERECHO?  

     

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  • Autor
    Respuesta No: 287304

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Patria Potestad.- Es el conjunto de facultades que la ley y el derecho conceden  a los padres, abuelos y adoptantes, destinadas a proteger a los menores no emancipados en cuanto se refiere a su persona y bienes. Se entiende como el derecho de los padres a decidir sobre la educación, la religión y la forma de vivir que han de tener los hijos mientras sean menores de edad, ello implica la obligación de mantenerlos, LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD no implica que se deje da dar manutención (pensión alimenticia o alimentos) a favor de la persona sobre quien se ejercía.



  • Autor
    Respuesta No: 287305

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MIentras usted no incurra en alguna causal de pérdida de patria potestad, tiene todos los derechos de progenitor sobre la niña, por lo que usted puede solicitar un régimen de convivencias para poder verla e incluso convivir con ella en la casa de usted, llevarla a vacacionar, etc, ya que legalmente es su hija.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455



  • Autor
    Respuesta No: 287377

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en efecto legalmente usted es el padre de la menor y tiene todos los derechos que le asisten a cualquier padre que reconoce a sus menores hijos, sus régimen de convivencias o visitas el cual comprende la sustraccion del domicilio que cohabitan con su madre , ya se para llevarlos a su esparcimiento a dormir con usted, visitar abuelos, asi como periodos vacacionales, dias festivos, honomasticos etc, asi mismo usted adquirió la obligacion de satisfacer todas sus necesidades básicas, todo esto lo deben de contemplar para estipularlo en un convenio si es que lo pretenden llevar a cabo a través de un divorcio voluntario o bien incausado saludos



  • Autor
    Respuesta No: 287416

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted tiene todos los derechos como padre legal del menor, por lo que al tener derecho obviamente tambien tiene obligaciones como el de proporcionar una pensión alimenticia.

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR

    LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA, LIC. LIZETH RUIZ GARAY

    TEL. 47513179

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