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RECHAZO DE SOLICITUD DE REEMBOLSO GASTOS MéDICOS
- Consulta : 171101
- Autor : tobon_44_NR
- Publicado : Jueves 27 de Septiembre de 2012 12:30 desde la IP: 187.139.16.17
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,105
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 27 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
Hola.
Trabajo en una empresa de telecomunicaciones, y tengo entre mis prestaciones laborales, el "reembolso de gastos médicos mayores", por el cuál cada año realizo un pago para cubrir mis posibles necesidades médicas. Esta prestación la administra una "administradora de riesgos".
Mi pregunta es:
¿Una prestación como la que tengo, no cáe en el concepto de "seguro de gastos médicos"?
¿No debe regularse bajo las normas que impone la Ley Sobre el Contrato de Seguros?
Pues en un siniestro reciente que se niegan a pagarme, la empresa para la que laboro argumenta que por no ser una empresa de seguros, no tienen porqué basarse en el artículo 59 de la ley mencionada que dice:
Artículo 59.-
La empresa aseguradora responderá de todos los acontecimientos que presenten el
carácter del riesgo cuyas consecuencias se hayan asegurado, a menos que el contrato excluya de una
manera precisa determinados acontecimientos.
Muchas gracias por su orientación.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 288285
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Octubre de 2012 17:49 2012-10-10 17:49 desde IP: 200.34.175.252
Que tal, la regulación de aseguradoras se encuentra en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en la cual sólo empresas autorizadas por la Secretaria de Hacienda (GNP, AXA, Interacciones, etc.) pueden ejercer está actividad o se incurre en un delito.
El servicio de tu empresa no puede ser ni remotamente de seguros, ya que no tiene esa calidad, por lo que debes consultar con un abogado para que revise de qué tipo de prestación se trata y exigirla en su caso, ante la Junta correspondiente (nos parece más un asunto laboral).
PEGZSAV ABOGADOS – Especialistas en Seguros
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