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SUCESORIO
- Consulta : 168977
- Autor : ramirezsr1_NR
- Publicado : Martes 11 de Septiembre de 2012 14:23 desde la IP: 189.168.105.242
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,089
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Michoacán
buenos dias, me podrian auxiliar desconosco que promover en un asunto familiar, mi tio fallecio hace dos años, hoy en dia nos hemos enterado que mi tio era perte de los herederos dentro de un juicio sucesorios que se tramita en otro distrito judicial, y que aun sigue en tramite, no se si es necesario acudir al lugar donde se esta tramitando el asunto o desde donde me encuentro tramitar el asunto, desconosco el procedimiento al respecto
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 284372
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 15:19 2012-09-11 15:19 desde IP: 189.240.232.159
Mi estimado consultante Ramirezsr1:
Mire, son obligaciones del Albacea en una sucesión entre otras tal y como lo estipula el Código Civil de su entidad Michoacán, las siguientes:
Articulo 872 Son obligaciones del albacea general
VII. La defensa, en juicio y fuera de él, así de la herencia como de la validez del testamento;
VIII. La de representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieron
contra de ella; y,
Le comento lo anterior, ya que es indispensable que el albacea de su tío sea quien se apersone en el Juicio al que usted hace referencia, para hacer valer todo lo que a su derecho corresponda.
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 284379
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 16:08 2012-09-11 16:08 desde IP: 201.124.255.145
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Autor
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AutorRespuesta No: 284381
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 16:25 2012-09-11 16:25 desde IP: 189.240.232.159
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Autor
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AutorRespuesta No: 284389
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 17:14 2012-09-11 17:14 desde IP: 200.34.175.252
QUE TAL, RESPECTO DE LA SITUACION A LA QUE HACES REFERENCIA Y CON EL FUNDAMENTO QUE DA LA COMPAÑERA ROSEN ES IMPORTANTE QUE TE PONGAS EN CONTACTO CON LOS ABOGADOS QUIENES LLEVAN EL JUICIO SUCESORIO AL QUE HACES REFERENCIA Y UBICAR AL ALBACEA PARA INFORMAR EL DECESO DE TU TIO Y ASI ELLOS PUEDAN REALIZAR LOS TRAMITES NECESARIOS ANTE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE, YA QUE ELLOS SON LOS UNICOS AUTORIZADOS PARA REALIZAR CUALQUIER ACTO DENTRO DEL PROCESO, ESTO ES PORQUE MENCIONAS QUE EL JUICIO SUCESORIO " SE ESTA TRAMITANDO EN OTRO DISTRITO Y QUE AUN SIGUE EN TRAMITE"
SALUDOS.
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Autor
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AutorRespuesta No: 284533
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Septiembre de 2012 17:43 2012-09-12 17:43 desde IP: 201.124.255.145
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AutorRespuesta No: 284535
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Septiembre de 2012 17:48 2012-09-12 17:48 desde IP: 201.141.52.207
Claro que tiene derechos, ni los derechos ni las obligaciones se extinguen con la muerte, tan tiene derechos que los hijos del tío los herederán por estirpe.
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Autor
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AutorRespuesta No: 284536
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Septiembre de 2012 17:50 2012-09-12 17:50 desde IP: 201.141.240.70
De acuerdo con el anterior forista, con la salvedad de que, hay que ver si su tío dejó testamento, ó si se encuentra intestado promuévanlo ya para que el albacea, como indica mi predecesor en esta respuesta, pueda apersonarse y promover lo que a sus intereses convenga, falta ver que el tío no haya dejado descendencia, esposa, padres, etc, por que entonces habría que determinar grados de parentesco y valorar si en verdad vale la pena intervenir, ya que de puros gastos para trasladarse a otro distrito judicial de donde ¿de Michoacán? o de que estado de la República?, todo eso lleva dinero y es posible que no se cuente con ello al embarcarse en esta aventura de los intestados, así que acérquese a un profesionista de su localidad para que le ayude en esto.
Saludos y que todo se resuelva
Lic. Mries
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AutorRespuesta No: 284540
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Septiembre de 2012 18:03 2012-09-12 18:03 desde IP: 201.124.255.145
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Autor
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AutorRespuesta No: 284552
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Septiembre de 2012 20:08 2012-09-12 20:08 desde IP: 201.141.6.143
Sra. Luna, eligió muy bien su nombre de usuario, de verdad anda en la luna. Fundamente su temeraria afirmación por favor. Sólo busque en los Códigos Civiles "herencia por cabeza y herencia por estirpe".
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AutorRespuesta No: 284644
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Septiembre de 2012 13:14 2012-09-13 13:14 desde IP: 201.124.255.145
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