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GASTOS FUNERARIOS
- Consulta : 168689
- Autor : kaname_33_NR
- Publicado : Domingo 09 de Septiembre de 2012 19:03 desde la IP: 189.188.159.178
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,728
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 09 de Septiembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 284175
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Fecha de respuesta: Domingo 09 de Septiembre de 2012 21:20 2012-09-09 21:20 desde IP: 187.160.183.56
Los gastos funerarios son reembolsables a los familiares de los derechohabientes únicamente, es decirlos gastos ocasionados por los servicios funerarios del directamente pensionado o jubilado.
Si usted se está refiriendo a los gastos generados por la defunción de un beneficiario de pensionado, no, esos gastos no son reembolsables.
Ahora bien, si el derechohabiente es trabajador en activo del ISSSTE y el fallecido es familiar en línea recta (esposa e hijos) y obviamente beneficiario, entonces, lo que recibe es una ayuda equivalente en X numero de meses de su sueldo.
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