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CUANDO SE SE DECLARA A TIEMPO ANTE EL SAT
- Consulta : 168135
- Autor : reyna70a_NR
- Publicado : Miércoles 05 de Septiembre de 2012 12:21 desde la IP: 189.132.115.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 05 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Tabasco
Hola mi esposo trabaja en DICONSA, el año pasado la empresa le informò que tenia q darse de alta en el SAT para hacer su declaracion, ahora lo citan para decirle que tiene problemas (el y muchisimos mas) por que debio haber declarado desde 2009, que debe hacer? si el se dio de alta apenas el año pasado por que la empresa asi lo requirió y ahora le salen que debio haber sido desde el 2009 cuando ellos le dieron la indicación hace apenas un año-..
Gracias por su atenciòn
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 283641
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Septiembre de 2012 12:42 2012-09-05 12:42 desde IP: 77.242.201.54
Reyna.
Si se dio de alta apenas el año pasado pues tiene que presentar declaraciones a partir de ese momento. No me queda muy claro quien lo cita, Hacienda o Diconsa? y tampoco me queda claro que tipo de problemas le dicen que tiene. Podrías por favor ser más clara y especifica por favor.
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Autor
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AutorRespuesta No: 283644
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Septiembre de 2012 13:01 2012-09-05 13:01 desde IP: 189.132.115.139
Si, lo cita la empresa diciendole que se busque un abogado por la cosa esta dificil, ya que debio haber declarado desde el 2009, cuando la empresa le avisó en 2011que tenia de darse de alta enb el SAT x q debia hacer su declaraciòn del 2010, ......y no le dicen que tipo de problema... gracias
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Autor
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AutorRespuesta No: 283662
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Septiembre de 2012 15:46 2012-09-05 15:46 desde IP: 77.242.201.54
Veamos Reyna.
Si se dio de alta en el SAT hay que ver bajo que régimen o que obligaciones, dependiendo de eso tendrá que presentar las obligaciones a través del portal del SAT o en ventanilla bancaria. Cuándo tu esposo se dio de alta proporciono un correo electrónico, si Hacienda hubiera detectado una omisión en la presentación y cumplimiento de obligaciones le hubiera hecho llegar primeramente invitaciones a su correo de que se pusiera al corriente.
Cuándo algunas personas perciben ingresos que rebasan cierto limite tienen la obligación de presentar la declaración anual, pero la empresa o la dependencia de gobierno también tiene la obligación de entregarle una constancia de los sueldos y salarios de lo que percibio ese año. De esa declaración anual puden resultar dos cosas: un saldo a favor o bien impuesto a pagar, el cual puede ser solicitado o requerido a la autoridad.
Les sugiero que saquen una cita al SAT en la localidad que les corresponde, esta se agenda en el portal del sat: www punto sat punto gob punto mx., y ahí pueden acceder a su expediente y orientarlos sobre sus declaraciones omitidas.
DICONSA podrá decirles mil cosas, pero si ustedes presentan sus omisiones de forma expontanea previo a cualquier notificación no hay multa. No veo el caso de buscar un abogado, creo que primero deben acudir al SAT y posterior a ello contratar los servicios de un Contador Público títulado de su localidad.
SUERTE!!
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