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MUERTE TRABAJADOR
- Consulta : 168003
- Autor : pilarrgtz_NR
- Publicado : Martes 04 de Septiembre de 2012 14:25 desde la IP: 189.169.153.58
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 04 de Septiembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 283490
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Septiembre de 2012 15:52 2012-09-04 15:52 desde IP: 189.212.138.56
El patron le cubrira a los beneficiarios el pago de la prestaciones que por ley le corresponde al trabajador que son vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, además de la prima de antigüedad correspondiente y en caso de adeudarle algun sueldo, tambien se lo entregara a los beneficiarios.
Ojo: los familiares del trabajador, deberan iniciar un procedimiento especial ante la Junta para que esta los declare como beneficiarios y usted ahi ya les puede pagar a los que la autoridad nombre como beneficiarios del extinto trabajador.
Saludos cordiales y suerte.
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Autor
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AutorRespuesta No: 283492
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Septiembre de 2012 15:56 2012-09-04 15:56 desde IP: 189.177.86.186
a nada... la indemnización por muerte... deriva de que haya estado dentro de la empresa... o en transito de la casa a la empresa y viceversa... o... en labores de la empresa derivadas de la relación de trabajo... pero si no fue reconocida así... no le corresponde nada...
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