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RECONOCI UN HIJO Y EL VERDADERO PAPA QUIERE QUITARMELO
- Consulta : 166117
- Autor : angelperdidoporti_NR
- Publicado : Miércoles 22 de Agosto de 2012 18:25 desde la IP: 187.150.33.252
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,136
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 22 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Campeche
A QUIEN CORRESPONDA
ESCRIBO HUMILDEMENTE Y CON EL ANIMO DECAIDO POR LO QUE ESPERO PODER RECIBIR LA MAS PRONTA AYUDA Y ASESORIA YA QUE ESTOY DESESPERADO. EL AÑO PASADO ME JUNTE CON UNA MUJER QUE YA CONOCIA DE TIEMPO ATRAS, PERO QUE CUANDO ME JUNTE CON ELLA YA ES TABA EMBARAZADA DE SU EX. EL Y ELLA ERAN AMANTES Y CUANDO ELLA SE EMBARAZO, EL LA "ABANDONO" EN CASA DE LA QUE AHORA ES MI SUEGRA.
NACIO EL NIÑO Y EL SR SE ACERCO CON INTENCIONES DE CONOCERLO PERO NO SE LO PERMITIMOS. DADO QUE JAMAS ESTUVO PENDIENTE Y AL NOTAR QUE NO LO DEJAMOS COMO ES LIC. EMPEZO A AMENAZARNOS EN CUESTIONES PROPIAS Y QUE NOS QUITARIA AL NIÑO.. EL NIÑO TIENE MI APELLIDO, YO LO MANTENGO ASI COMO MI MUJER. MI PREGUNTA ES, DADO LAS CIRCUNSTANCIAS AUN SI EL JAMAS SE HIZO CARGO DEL NIÑO, PODRIA QUITARMELO? TENGO ENTENDIDO QUE PODRIA EXIGIR CAMBIARLE EL APELLIDO, PERO PODRIA QUITARNOSLO COMO PAREJA?
ME GUSTARIA HABLAR CON ESE SR. Y SOLICITARLE FIRME ANTE UN NOTARIO Y JUEZ SI ES QUE FUERA NECESARIO UN JUICIO UNCONVENIO DONDE EL NOSE ACERCARA A NOSOTROS NI MOLESTARA AL NIÑO NI PARA DECIRLE NADA HASTA QUE AL MENOS EL TENGA UNA EDAD Y UNA TERAPIA SICOLOGIA ANTES AVALADA POR EL MISMO PROFESIONISTA QUE MI HIJO PUEDE RECIBIR LA NOTICIA Y EL MISMO DECIDA SI ACERCARSE A ESE SR.
ES POSIBLE RESOLVER TODO ESTE EMBROLLO? A QUIEN CORRESPONDA... AMO MI HIJO Y NO QUIERO PERDERLO POR FAVOR AYUDENME. MI SITUACION ES EN CD DEL CARMEN.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 281732
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 18:34 2012-08-22 18:34 desde IP: 187.155.25.243
Si Ud. lo registró, es SU HIJO y punto. NUNCA reconozca que no lo engendró ante nadie. eso le perjudicaría ya qe tendría el carácter de confesión en su perjuicio.
Por otro lado, el padre biológico no es "padre" ante la ley, a menos que entable una demanda de desconocimiento de paternidad, situación que está muy difícil.
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Autor
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AutorRespuesta No: 281734
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 18:44 2012-08-22 18:44 desde IP: 189.160.24.162
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Autor
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AutorRespuesta No: 281741
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 18:59 2012-08-22 18:59 desde IP: 189.180.20.222
Hola consultante, lamento decir que ninguno de los foristas anteriores tienen la razon ya que el asunto en mención se debe promever como juicio CONTROVERSIA DE RECONOCIMIENTO DE FILIACIÓN (PATERNIDAD) que se debera demostrar mediante una prueba de ADN y porsupuesto que puede reconocer a su hijo, ya que es un derecho de los padres... asI que busquese a un especialista en materia familiar. Titulado y con cedula profesional rebidamente registrada ante la SEP. Saludos cordiales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 281744
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 19:02 2012-08-22 19:02 desde IP: 187.160.183.56
angelperdidoporti_NR:
Para que el menor pueda llevar su apellido, efectivamente el señor debe promover juicio de reconocimiento de paternidad y en este caso una vez sustentadas las pruebas de ADN, el juez acordará que se le modifique el apellido al niño y aparejado a esto, el padre biológico tendrá que cumplir con la obligatoriedad de proporcionarle pensión alimentaría y se le otorgan derechos de convivencia con la criatura
No se dejen amedrentar, aun y cuando el ex de su señora sea abogado, el mejor que nadie sabe que los infantes permaneces por ley al lado de la madre durante su infancia (salvo hecho probado de que la madre ejerce nociva influencia o pone en riesgo la integridad del menor), así que, quitárselos no puede.
Por otra parte, psicológicamente hablando, no es saludable ocultar hechos tan importantes y trascendentales en la vida por lo que considerando que el infante aun es un bebe, bien puede asumir la convivencia con su padre biológico y con usted como su padre de crianza, a esta edad, los niños no tienen una diferenciación clara y precisa de lo que significan los detalles legales, ellos, en la etapa de la primera infancia son susceptibles y altamente receptivos al amor que se le prodiga y la aceptación por parte de los adultos.
Resumiendo, mi recomendación es que ustedes no hagan nada, si efectivamente el ex tiene un sano interés en estar presente en la vida de su hijo como un verdadero padre, el primer paso lo tiene que dar él, a sabiendas de lo que esto implica, y si llegara a darse, en su momento ustedes deben buscar la asesoria de un buen abogado especialista en Derecho Familiar, para que lleve a cabo una buena defensa de su caso, no se compliquen la vida, ni se la compliquen al pequeñito convirtiéndolo en el trofeo a ganar en una pelea sin razón.
En este momento usted y nadie más que usted es el padre legal de ese niño.
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Autor
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AutorRespuesta No: 281747
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 19:06 2012-08-22 19:06 desde IP: 189.160.24.162
Señor zets:
no me ande descalificando, lea bien la consulta, que por cierto la hace QUIEN RECONOCIO AL BEBE, no el presunto padre ofendido.
se le contestò, y esto ni Dios padre lo mueve por ahora: EL HIJO ES DE EL PUES EL LO RECONOCIO.
En todo caso, el padre actual, el que recogiò a la señora, NO TIENE POR QUE ANDAR ENTABLANDO NADA, ni amedrentarse.
Que espere acontecimientos, y que el presunto real padre demuestre tener una acciòn.
saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 281772
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 20:02 2012-08-22 20:02 desde IP: 201.140.104.55
Hola: Por lo que comentas de que el y ella eran amantes y en su momento no lo reconoció es dificil que se le otorgue la paternidad, pues solo puede presumirse que es su hijo en el caso en que hubiesen sido legalmente esposos, lo cual no es así, por otro lado, tu al reconocer al menor adquiriste derechos de padre, de acuerdo al codigo civil de tu Estado el niño legalmente es tu hijo, espero te irva esta información, suerte.
Art. 358.- Si un individuo ha sido reconocido constantemente como hijo de matrimonio,
por las familias del marido y de la mujer, y en la sociedad, quedará probada la posesión
de estado de hijo de matrimonio si además concurren las circunstancias siguientes:
I.- Que el hijo haya usado constantemente el apellido de las personas que pretende
que son sus padres, con anuencia de éstos;
II.- Que los padres lo hayan tratado como hijo nacido de su matrimonio, proveyendo a
su subsistencia, educación y establecimiento;
III.- Que los presuntos padres tengan la edad exigida por la ley para contraer
matrimonio, más la edad del hijo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 281781
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 20:35 2012-08-22 20:35 desde IP: 189.230.49.245
Sr. Cuaresmeño... aprenda a leer las consultas y porsupuesto las intervenciones: textualmente el consultante dice:
"EL AÑO PASADO ME JUNTE CON UNA MUJER QUE YA CONOCIA DE TIEMPO ATRAS, PERO QUE CUANDO ME JUNTE CON ELLA ES TABA EMBARAZADA DE SU EX...
NACIOEL NIÑO Y EL SR SE ACERCO CON INTENCIONES DE CONOCERLOS PERO NO SE LO PERMITIMOS. DADO QUE JAMAS ESTUVO AL PENDIENTE Y AL NOTAR QUE NO LO DEJAMOS COMO ES LIC. EMPEZO A AMENAZARNOS EN CUESTIONES PROPIAS Y QUE NOS QUITARIA AL NIÑO... EL NIÑO TIENE MI APELLIDO, YO LO MANTENGO ASU COMO MI MUJER."
le apuesto lo que quiera a que si el padre biologico del menor inicia una controversia de paternidad se la quita... esto no porque yo lo diga sino por que juridicamente tiene el derecho.
no lo descalifico solo considero que si usted no conoce el procedimiento legal en materia familiar, no lo de (abstengase) ya que confunde al consultante...
saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 281782
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Agosto de 2012 20:48 2012-08-22 20:48 desde IP: 189.230.49.245
un amigo represento a una de las partes y aqui esta la reseña:
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo un juicio de amparo en el que se debate la paternidad de un menor. En el caso se debe determinar si un tercero está legitimado o no para reclamar la paternidad de un menor que ha sido reconocido como hijo dentro de un matrimonio.
El juicio se deriva de una acción de contradicción de paternidad sobre un menor de edad promovida por un hombre que afirma ser el padre biológico, en contra de un matrimonio que registró al niño como su hijo dándole sus apellidos.
El hombre reclama derechos y obligaciones sobre el menor, por lo que solicitó al juez de lo familiar fuera practicada una prueba de ADN para probar su dicho, a lo que la madre del niño se negó, tras lo cual, el juez en términos de la ley, tuvo por ciertas las afirmaciones del reclamante, es decir, le concedió la paternidad.
El matrimonio promovió la apelación la cual no procedió al haberse negado la madre a realizarse la prueba en genética molecular. Finalmente el padre legal promovió un amparo, mismo que fue atraído por la Corte, en el que argumenta que a nadie le asiste el derecho de impugnar la paternidad que le corresponde como esposo de la madre del menor, dado que se presume que ese niño es hijo del matrimonio, sin que esa presunción admita prueba en contrario.
La Sala consideró que el problema planteado cumple con los requisitos de interés y trascendencia, ya que se estará en posibilidad de resolver si la procedencia de la prueba de ADN, promovida por un tercero, atenta contra el interés superior del menor cuando éste ya haya sido reconocido como hijo dentro de un matrimonio y, por tanto, exista ya un vínculo de pertenencia a una familia. Además la decisión “trascenderá en los valores sociales reconocidos por el Estado mexicano, puesto que repercutirá en su integración familiar y en los derechos y obligaciones que de la decisión final resulten.”
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