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PAGO DE ESTIMACIONES
- Consulta : 165286
- Autor : celis_NR
- Publicado : Viernes 17 de Agosto de 2012 13:37 desde la IP: 189.179.100.239
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,101
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes:
Tengo un contrato de obra pública, y he tenido algunos problemas con el pago de mis estimaciones de hecho se que generan intereses pero la verdad no sé que hacer, me encuentro bastante preocupado porque no quiere incurrir en atrasos con la ejeucción de los trabajos , de hecho desde el inicio ha habido muchos problemas con la dependencia.
¿ algún abogado que me pueda orientar?
Gracias.
Ing. Ramón Celis
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 280984
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Agosto de 2012 15:14 2012-08-18 15:14 desde IP: 201.110.99.92
Consultante:
Efectivamente, el artículo 55 de la ley de obras públicas señala que en caso de incumplimiento en el pago de las estimaciones, la dependecia o entidad deberá pagar gastos financieros al contratista, previa solicitud.
Ahora bien, para que opere este arículo en su favor es muy importante que tenga constancia de dos hechos:
a) La presentación de la estimación con la debida documentáción que soporte su procedencia, y
b) Solictud mediante oficio y por bitácora que debido al impago de las estimaciones, éstas comenzarán a generar gastos financieros en favor de la contratista.
Como ve, es muy importante que se tenga constancia por escrito mediante un oficio dirigido a la dependencia o entidad y a través de una nota en la bitácora de obra, aunado a que existe jurisprudencia por contradicción de tesis, que señala que el pago de los Gastos Financieros es procedente aun y cuándo no se haya pactado en el contrato.
Por lo que comenta, es muy probable que la dependencia o entidad no quiera reconocer los pagos, ésto es muy común en materia de obra píblica, por lo que puede demandar la rescisión del contrato ó el cumplimiento .
Es muy importante que un abogado especialista en la materia, revise la documentación y haga un estudio de la bitácora de obra, porque es muy probable que existan más irregularidades por parte de la dependencia o entidad.
Por último, debe de anotar en la bitácora todos los eventos que se suciten con motivo de la ejecución de los trabajos, tratando de ser lo más claro posible. E insisto, consulte a un abogado especialista .
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