- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
INCIDENTE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
- Consulta : 164163
- Autor : CeTristan
- Publicado : Viernes 10 de Agosto de 2012 14:04 desde la IP: 189.137.157.91
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,140
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 10 de Agosto de 2012
El año pasado mi ex esposa metio la demanda de divorcio incausado, este año no me presente a la audiencia y la juez dio como sentencia: Se declara disuel el vinculo matrimonial bajo el regimen de sociedad conyugal y se deja expedito el derecho para hacer valer en la vía incidental el pago de pension alimenticia, el regimen de visitas y convivencias y la forma de liquidar la sociedad conyugal.
Actualmente estoy llevando el incidente de guardia y custodia de mis dos menores hijos... pero mi pregunta es en el incidente de la liquidación de la sociedad.
En el año de 1988 adquiri un terreno (estaba soltero) en 1995 me case bajo el regimen de sociedad conyugal no estipulado en las capitulaciones dicha propiedad (no me preguntaron en el R. C.), se construyo en este predio y se adquirio un vehiculo en la agencia a mi nombre el cual no ha sido liquidada la deuda, asi como otras tantas. Mi ex me dice que tiene todo el derecho de quedarse con la propiedad por mis hijos, o le page 20 años de "servicio matrimonial", actualmente ella vive en ese domicilio con mis tres hijos una mayor de edad y mis dos menores, yo rento y me corre de mi domicilio no dejandome entrar, hasta que no lleve una orden por un juez.
En el expediente entrege copias del contrato privado a mi nombre y las capitulaciones del R.C. así como el adeudo y carta factura del vehiculo y deudas bancarias y de servicios (agua, luz, telefono). Estoy desempleado (trabajo formal) y no paso pension y mi ex en trabajo domestico.
¿Como he de proceder? o ¿que procede?
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 279722
-
Fecha de respuesta: Viernes 10 de Agosto de 2012 14:46 2012-08-10 14:46 desde IP: 189.146.109.107
Tu terreno no entra en la liquidación de sociedad, puesto que el mismo no formó parte de la misma, al haberse adquirido con antelación y no existir capitulaciones matrimoniales que lo incluyeran.
La casa si entra en la liquidación, pues aunque no hubieres manifestado tu estado civil, se adquirió durante la vigencia de la sociedad conyugal.
Jamás podrá quitarte tu 50% de dicho inmueble, pues no existen remuneraciones por servicios matrimoniales, pues para ello estuviste obligado a darle alimentos a ella y a tus hijos por todo el tiempo que duró el matrimonio y a la fecha, continuarás dándole pensión alimenticia por el mismo tiempo que duró el matrimonio.
Es obvio que ya no puedes entrar al domicilio porque ella tiene la posesión y tu ya no eres su cónyuge, así que deberás liquidar dicha sociedad, ya sea que ella te compre tu parte o que se saque a la venta el inmueble y una vez que alguien se haya adjudicado el bien, entonces tendrá que salirse y se le dará la cantidad que le corresponda por dicha venta.
Asimismo, los pasivos tendrán que dividirse y en consecuencia, también deberán cobrarse de los activos, es decir, de los bienes o dividendos que se obtengan de la sociedad conyugal.
Ahora si estas desempleado, ello no te exime de dar cumplimiento a tus obligaciones alimentarias, si tienes otros bienes, pues tendrás que venderlos o hacer algo, porque de lo contrario, estás incurriendo en el delito de incumplimiento de las obligaciones alimentarias...
Pero todo eso te lo tiene que explicar tu abogado...
Suerte!
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 279725
-
Fecha de respuesta: Viernes 10 de Agosto de 2012 14:55 2012-08-10 14:55 desde IP: 187.144.36.188
si no hubo capitulaciones matrimoniales.... el terreno SI ENTRA EN LA LIQUIDACIÓN... y debes promover el incidente de liquidación y venta del mismo... para que tengas derecho al 50% de la venta....
no tienes porque darle a la señora 20 años de mantenimiento... ni cosa por el estilo... sino fue parte de la condena o sentencia de divorcio...
solo te toca dar alimentos a tus hijos durante la minoria de edad... y si estudian... hasta que terminen sus estudios y trabajen...
-
Autor





