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USURPACION DE FUNCIONES
- Consulta : 163857
- Autor : J. ARMAND
- Publicado : Miércoles 08 de Agosto de 2012 17:43 desde la IP: 201.164.141.56
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,071
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 08 de Agosto de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 279290
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 17:48 2012-08-08 17:48 desde IP: 189.146.109.107
Puede solicitar directamente a la Dirección General de Profesiones o a la Estatal (si existe en su Estado), le expida una constancia sobre si fulanito de tal es o no Lic. en Derecho.
Una vez con la respuesta de ambas instituciones, si éstos comparecieron a sus juicios y realizaron funciones ostentándose como Lic. en Derecho, procedería interponer la denuncia penal.
Pero como ya se mencionó en diversa consulta, no basta con anteponer las palabras Lic. antes de un nombre para que se configure el delito, sino realizar ciertos actos tendientes a ejercitar una profesión con la que no cuentan.
Por ejemplo: comparecer a una audiencia y ostentarse como su abogado patrono, firmar escritos con dicha calidad, etc.
Pero normalmente los abogados, hacen las demandas y promueven por propio derecho del demandante y éste siempre firma los escritos, y sólo se autorizan para oír y recibir notificaciones y documentos, así que es difícil en esos casos configurarles el delito...
Saludos!
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Autor
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AutorRespuesta No: 279294
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 18:08 2012-08-08 18:08 desde IP: 201.164.141.56
Ilianave:
gracias por responder mire de acuerdo a lo que he visto es verdad que es muy dificil fincarles una responsabilidad a los abogados deshonestos que cuentan con un titulo, por las artimañas que utilizan para protegerse de sus sinverguenzadas, como lo señala hacen firmar al cliente las promociones para liberarse de responsabilidades futuras, entre otras cosas, eso funciona en beneficio de abogados sinverguenzas pero que estan amparados con un titulo.
pero al tratarse de un usurpador que se ostenta como abogado sin titulo ¿no es suficiente que se haya ostentado como abogado sin serlo?
muchos saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 279301
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 18:31 2012-08-08 18:31 desde IP: 189.146.109.107
No, porque deben realizar funciones de la profesión que están usurpando para que se configure el delito.
Revise las tesis que cité en la multivisitada consulta 162672...
Y bueno, yo no soy penalista, ojalá que alguno diera su opinión al respecto, en relación con el tipo penal de su Estado, así que sería importante que lo citara en esta consulta para que algún penalista le índique cuáles son los elementos de ese delito para que pueda configurarse.
Saludos!
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Autor





