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QUE DELITO SE COMETE?
- Consulta : 163004
- Autor : Derechofgc
- Publicado : Miércoles 01 de Agosto de 2012 15:26 desde la IP: 187.145.138.219
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,134
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 01 de Agosto de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 278431
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 15:38 2012-08-01 15:38 desde IP: 189.212.138.56
Buen día.
Firmaron algun documento que avale dicho prestamo, como por ejemplo un pagare?
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AutorRespuesta No: 278432
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 15:45 2012-08-01 15:45 desde IP: 187.145.138.219
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AutorRespuesta No: 278433
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 15:48 2012-08-01 15:48 desde IP: 189.212.138.56
Podrías tratar de configurar un abuso de confianza, presentando la respectiva denuncia en el Ministerio Publico de tu localidad.
Saludos.
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AutorRespuesta No: 278434
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 15:51 2012-08-01 15:51 desde IP: 187.145.138.219
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AutorRespuesta No: 278436
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 15:56 2012-08-01 15:56 desde IP: 187.176.55.250
Estimado Derechofgc, espero que no sea un estudiante de derecho o que se trate de una tarea. Ya que como bien sabemos en la legislación civil no se tipifican delitos, existe algo que se conoce como cuasidelito en materia civil, pero repito en esta materia no podemos tipificar el incumplimiento de una obligación; ya que esto es solo en materia penal a donde la conducta desplegada de un individuo si se pude llegar a tipificar.
Por otro lado, conforme a lo que usted narra, se trataría del un incumplimiento de una obligación y tendría que hacer valer su derecho a través de la vía civil. Ya que si acude al m.p. no prosperaria una denuncía.
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AutorRespuesta No: 278438
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 16:16 2012-08-01 16:16 desde IP: 187.145.138.219
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AutorRespuesta No: 278443
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 16:44 2012-08-01 16:44 desde IP: 187.144.248.53
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AutorRespuesta No: 278451
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 17:13 2012-08-01 17:13 desde IP: 189.230.122.65
el medio indicado para hacerlo serían los medios preparatorios a juicio ya que no tienes documento alguno que acredite tu dicho, por ende es la forma adecuada el asunto es, si no reconoce la deuda y tu ni si quiera tienes testigos, no prosperará, en materia penal no podría operar fraude alguno ya que como bien se te menciona, no hay forma de acreditar tu dicho.
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