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COMO DESALOJO A INQUILINOS DE LA CASA QUE ME DIERON POR HERENCIA
- Consulta : 162641
- Autor : technomartin_NR
- Publicado : Lunes 30 de Julio de 2012 14:51 desde la IP: 189.165.56.162
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,127
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 30 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
Hola que tal agradeceria mucho su ayuda.
Fallecio mi Abuelito y dejo testamento donde nombra como heredero unico y universal a mi padre, al promover el Juicio sucesario testamentario, mi padre en el mismo cede los derechos de la casa a mi y a mi hermano, terminando el juicio con una sentencia adjudicatoria del inmueble a favor mia y de mi hermano,
el problema consiste en que la casa estaba sola antes de que falleciera mi abuelo y se la presta a mis tios, hoy en dia siguen viviendo en la casa y no se quieren salir, siendo que ya hay sentencia de por medio donde se adjudIca la casa a mi y a mi hermano en virtud de que mi padre nos cede los derechos. e incluso ya se giraron oficios al notario para la protocolizacion y escrituracion del inmbueble.
La gran pregunta es, como los saco de la casa???? es decir que tipo de juicio debo promover o en que via, estoy ubicado en Guadalajara, Jalisco.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 277949
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Julio de 2012 14:59 2012-07-30 14:59 desde IP: 187.194.149.99
Pues debes de promover un juicio a efecto de requerirles la entrega del inmueble, demandando la terminación del comodato, que existía con quien te heredó la casa. Para ello debes de notificarles la notificación de la terminación del comodato, y una vez ello otorgarles un plazo para la entrega si no entregan entonces si promover el juicio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 277953
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Julio de 2012 15:18 2012-07-30 15:18 desde IP: 189.146.113.220
Yo te sugiero que hagas unos juicios preparatorios a juicio ordinario civil.
Éstos son para conocer la calidad con que se ostentan los posesionarios del predio, pues pueden señalar que se los prestaron, se los rentaron o se los vendieron.
En tal sentido una vez obtenido su confesión judicial ante el Juez, tu Lic. en Derecho analizará la acción que debes interponer, pues puede ser una acción real (reivindicatoria) o personal (terminación de comodato o arrendamiento).
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 277958
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Julio de 2012 15:32 2012-07-30 15:32 desde IP: 189.135.163.227
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