Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL/ TERMINO

  • Consulta : 162021
  • Autor : mexcarlos
  • Publicado : Miércoles 25 de Julio de 2012 19:15 desde la IP: 189.198.254.206
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,134
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • mexcarlos
    ESTUDIANTE

    Pidieron de una persona la confesion judicial bajo protesta, esto como medio preparatorio a juicio ejecutivo mercantil, con las reglas del codigo de comercio que marca el articulo 1162, el detalle es que al notificarle le corren traslado con las copias de ley, y nos damos cuenta que el supuesto adeudo que señalan los actores es del 2006, es decir hace seis años que supuestamente se contrajo ese adeudo, la pregunta es HABRA ALGUN TERMINO SEÑALADO PARA LA DEMANDA DE LOS MEDIOS PREPARATORIOS? ya que si la accion cambiaria directa prescribe en tres años, o que vincule las acciones preparatorias a la demanda de fondo.

    En que caso de que hubiese, como se harian valer, ya que lo que se pide ES LA CONFESION BAJO PROTESTA..

     

    GRACIAS DE ANTEMANO POR SU AYUDA

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 277165

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Precisamente le están pidiendo la confesional con fundamento en el artículo 1162 y no con fundamento en el artículo 1165 del Código de Comercio, porque el actor no tiene títulos de crédito o teniéndolos considera que está prescrito su derecho para ejercer acción ejecutiva, de lo contrario ya lo habrián embargado. Usted se debe presentar a la audiencia y contestar las posiciones, Usted sabrá si existe un adeudo o no, aceptarlo o no, con las consecuencias legales correspondientes.



  • Autor
    Respuesta No: 278528

  • mexcarlos
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    gracias por su comentario mas no responde en nada la interrogante, ya que maneja un supuesto totalmente distinto, si lee el planteamiento se dara cuenta del porque



  • Autor
    Respuesta No: 278530

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo entiendo perfectamente, si bien la Ley señala una prescripción, ésta nunca será de oficio. ¿Si está esperando que el Juez decrete la prescrpción?, espere sentado.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión