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ALARMADA POR LOS DIEZ AÑOS

  • Consulta : 160225
  • Autor : mvzquezsoto_NR
  • Publicado : Viernes 13 de Julio de 2012 22:12 desde la IP: 201.103.207.228
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,130
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  • Autor
    Consulta

  • mvzquezsoto_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola.

    Tengon un inquilino que siempre me ha querido comprar el inmueble, pero es mi seguro de vejez y no se lo quiero vender, en diez años siempre me ha pagado puntual, él es abogado. Yo siempre he pagado mis impuestos por esa renta y tengo renovado un contrato cada año.

    Pregunto. ¿Me puede quitar mi casa?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 274594

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Depende.

    Si tú YA TE ASESORASTE con un licenciado en Derecho con cédula profesional, respecto al contrato de arrendamiento que cada año le renuevas, y le solicitaste que TE PROTEGIERA EN DICHO CONTRATO,   te aseguro y te firmo en tu espalda que JAMAS TE PODRA QUITAR TU CASA, pues tú eres la dueña, tú le puedes rentar toooda la vida, y él no tendría POR QUE ADQUIRIR DERECHO ALGUNO DE PROPIEDAD. 

    Peeero....  si nunca te has asesorado...  AHI SI CUIDATE Y ACOMIDETE AL SEÑOR, pues ve tú a saber en qué condiciones estarás rentando... si este señor no te ha hecho firmar recibos con leyendas sospechosas...  

    Así de simple.  tienes una duda muy fea.  No tendrías por qué.  CONSULTA CUANTO ANTES A UN ABOGADO,  ya te dije con qué características.

    Suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 274800

  • ZAMNARS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    si no le has cedido la propiedad y sólo tienen un contrato de arrendamiento no te puede quitar tu casa porque para llevar un juicio de prescripción necesita posesion a titulo de propietario y la posesion que tiene por el contrato es derivada de una relación juridica. mi cel 5537278408 Lic Miguel Ramírez



  • Autor
    Respuesta No: 274806

  • quiones2001
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen dia!

    No te podria quitar tu propiedad ya que en este caso la posesion se deriva de un contrato de arrendamiento, claro que podria iniciar un juicio de prescripcion positiva (para quedarse con el bien) pero no procederia por lo que te comento anteriormente, ademas que seria en su contra por que tendria que pagarte a ti los gastos y costas que se deriven del juicio.

    Espero poder haberte ayudado.

    Atte.- Lic. Jesus Quiñones



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