Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

SACAR A UN INQUILINO

  • Consulta : 159180
  • Autor : juan.cg80_NR
  • Publicado : Sábado 07 de Julio de 2012 13:40 desde la IP: 189.128.13.141
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,122
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • juan.cg80_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    Mi madre tiene rentado un local, ya vencio el primer año , pero no recuerda si hay o no contrato, me late que no hay, ya que le avise hoy al inquilino que tiene un mes para dejar el local y me dijo que no se salia y que le enseñe el contrato, Que se hace en estos casos, agradeceria su consejo, Paga la renta cuando quiere. 

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 273643

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Me late que el que debería saber bien si hay o no contrato eres tú, no el inquilino.

    Así como eres y como es tu arrendatario, lo mejor es que lo saques a la fuerza.

    Eso sería ilegal,  así que ahi te van recomendaciones para hacerlo LEGALMENTE:

    - contrata  los servicios de un licenciado en Derecho con cédula profesional, a efecto de que te asesore en este asunto y en tus futuros contratos para arrendar,  no puedes andar arrendando así nomas, pues ya viste qué es lo que pasa cuando uno no sabe lo que está haciendo.

    Tu abogado deberá instaurar un juicio civil contra este inquilino moroso, toda vez que ya le estas pidiendo el local.  Esto no te pasaría si tuvieras un contrato bien hecho de arrendamiento POR TIEMPO DETERMINADO.

    Suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 273715

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     juan.cg80_NR

    A falta de la formalidad de celebrar por escrito el contrato de arrendamiento, para subsanar esta omision del arrendador previo a demandar la entrega y desocupacion del inmueble debe asistirse de abogado de su confianza para promover MEDIOS PREPARATORIOS solicitando que por conducto del juzgado se notifique al arrendatario a efecto de que comparezca el dia que tenga verificativo la audiencia y declare en relacion pliego de posiciones que se le formulen para acreditar la existencia del contrato de arrendamiento verbal celebrado, esto ultimo con el objeto de probar la fecha de celebracion del contrato, el monto de la renta, los dias de pago, el termino del contrato, el uso destinado al inmueble, etc., hecho lo anterior podran estar en posibilidad de demandar la rescision del contrato de arrendamiento.

    Saludos.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión