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PRéSTAMO CON FIRMAS DE PAGARES

  • Consulta : 158786
  • Autor : Landyu_NR
  • Publicado : Miércoles 04 de Julio de 2012 18:38 desde la IP: 200.95.169.157
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,124
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  • Autor
    Consulta

  • Landyu_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Yo preste dinero con firmas de 14 pagares y me dieron unas escrituras que no están a nombre del que firmo los pagares, me han dado la mitad de la deuda y me deben intereses puedo proceder legalmente usando las escrituras de la casa que me dieron? Reclamando el total de la deuda y el cobro de los intereses

     

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  • Autor
    Respuesta No: 273260

  • NGUSTAVO01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No, necesariamente deben de utilizarse los pagares, pero sí y solo sí, en ellos se consigna una fecha de pago vencida, salvo también que los pagares esten correctamente llenados (puede checar si revisa los requisitos de estos en el articulo 170 en sus VI fracciones en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito), además en este interes de cobrar los pagares, y si se decide recomiendo que la seción se haga a través de un endoso en procuración, así mantendra el control y puede pedir cuentas de la labor realizada por el abogado que procure el cobro. Ahora esta propiedad tal vez pueda servir como medio de garantia pero es necesario conocer la relación del titular de la propiedad con su deudor, calificado esto le recomiendo evaluar la garantía, es decir, conocer si no esta gravada, vamos afectada por otra situación como una hipoteca, un embargo, etc.; pues esta garantía entonces sera poco idonea y deberá investigar a su deudor más profundamente. EN CASO DE DUDA O UNA EVENTUAL COTIZACIÓN DE SERVIOS PUEDE ESCRIBIRME POR ESTE MEDIO. SUERTE 



  • Autor
    Respuesta No: 273261

  • isabelreyes
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Usted puede comenzar con un juicio ejecutivo mercantil para de esta forma poder requerir el pago de los pagares estos, con respecto a las escrituras comenta que no estan a nombre de quien le presto el dinero, pero es aval o solo se las dieron por dar le comento ya que el procedimiento ejecutivo mercantil no cuenta g¿cn nunguna garantia aun que le halllan dado tales escrituras si estas estan a nombre de la persona o del aval se puede embargar el inmueble y de esta forma se ahorraria la busqueda en el registro publico de la propiedad le repito solo si esas escrituras estan a nombre de del demandado o del aval, le recomiendo acudir con un abogado especialista en juicios ejecutivos mercantiles para que le de tramite a su asunto , saludos y suerte con su asunto



  • Autor
    Respuesta No: 273264

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puede requerir el cobro de los pagares por la via mercantil, pero tendra que buscar un bien que garantice el adeudo, ya que como usted refiere las escrituras si no estan a nombre del deudor o del aval, no le sirven para garantizar el adeudo. Atte. Lic. J. L. Camacho.



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