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TERMINAR CONCUBINATO
- Consulta : 158286
- Autor : MIREYASAN
- Publicado : Domingo 01 de Julio de 2012 22:05 desde la IP: 187.205.76.244
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 01 de Julio de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 272957
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Julio de 2012 00:28 2012-07-02 00:28 desde IP: 187.159.136.125
Ah, chin-ga, y por qué se niega ???
mire, contestese estas preguntas
- ¿ustedes tienen REGISTRADO SU CONCUBINATO en el Registro del Estado Familiar?
- ¿la casa es suya de usted? y si es así, tiene usted las ESCRITURAS PUBLICAS a su nombre????
Para que un concubinato surta sus efectos, tiene qué llenar ciertos requisitos que exige la ley, y varian un poco en cada estado. Ahora bien, casi nadie registra estos movimientos, por lo tanto, su concubino no tiene ningún derecho sobre su casa ni sobre usted. Si usted enfermara, no creo que él le diera pensión alimenticia a usted.. o si?
En cuanto a lo de la casa, está complicado, y la voy a mal-aconsejar:
lo mejor es que cambie usted las cerraduras de entrada o al menos las llaves, y le saque sus cosas, cierre su casa, y ahora sí no tiene ningún motivo para qué entrar a su casa.
Si quiere entrar a la fuerza, usted se sale y acude inmediatamente con la policía, a efecto de que detengan en flagrancia a ese allanador y lo pongan a disposición del Ministerio Público.
Suerte.
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