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FRAUDE

  • Consulta : 158283
  • Autor : editoreslibtecnicos_NR
  • Publicado : Domingo 01 de Julio de 2012 21:35 desde la IP: 187.132.96.216
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,134
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  • Autor
    Consulta

  • editoreslibtecnicos_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    buen dia ami hermano lo aprendieron el dia jueves 28 julio a fuera de su negocio la orden de aprecion se mando desde san martin puebla pero fue aprendido en tlaxcala no llego ningun citatorio al domicilio de mi hermano por lo que odvio la parte acusadora mañosamente se salto el proseso degando en estado de indefencion ami hermano esta acusado por fraude pero los documentos de prueba que se mostraron no son los originales y ademas la persona que dise ser defraudad no es con la que celebra el contarto si no que si exite un contarto mas bien un recibo de dinero pero con el abogado defensor que esta defendiendo al agraviado por consecuente el documente que se exive es falso mi ermano hoy se vense el termino y le dictan formal pricion queremos liverarlo ya metimos un amparo contra violaciones asus garantias y violaciones al proceso ademas deque tambien se espesifico que esixten falsificacion de firmas y echos, presentamos pruebas en el termino constitucional y presenta mos testigos de descargo  hay elementos para que el jues jusge falta de elemento para el freude pero nos percatamos que el asunto ya asta  esta instancia arreglado ya que parese ser que ya tiene consigna el juez en este asunto y se niegan por lo que tene mos dos occiones que hemos pensado mi pregunta es:

    que sera mas combeniente fijar la fianza o esperarnos y promober un amparo para el auto de formal pricion y asi que el juez federal analize y desvirtue la falta de elementos para su liveracion  nuestro problema es que lo queremos liberal lo mas pronto posible pero no si hay mas odciones ya que al presentar la fianza es como asumir responsabilidad pero tambien quiero liberal ami hermano lo mas rapido posible que puedo aser ade mas de esto alguien tiene algun otro recurso que pueda realizar 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 272960

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Mira, tú estas usando palabras como "amparo" "estado de indefensión" "testigos de descargo ".  Estas palabras son propias de un Abogado, que deberá tener cédula profesional para esto.

    Ahi te va el único recurso que puedes usar:

    - todo esto PREGUNTASELO A TU ABOGADO.

    Si no te las puede contestar y con todas las probanzas que tú mencionas tienen a favor de tu hermano, CAMBIA DE ABOGADO.

    Ahora bien, si en el procedimiento penal a tu hermano lo está defendiendo una persona que no tiene cédula profesional, es el equivalente a que alguien que no es médico cirujano, te abra la panza y te saque las tripas para curarte...  No sabrá ni qué hacer.

    Una cosa sí te digo:  Un juez no gira una orden de aprehensión si no tiene los elementos que comprueben el tipo penal y la probable responsabilidad. 

    Si no está bien hecho este trabajo, es muy fácil desvirtuarlo... por medio de un LICENCIADO EN DERECHO que analize a detalle su caso.

    Suerte y ojalá caigas en manos de un colega igual que uno, que domina estos procedimientos y con cédula profesional.



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