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DUDA EN MATERIA FAMILIAR.....
- Consulta : 156877
- Autor : too_aplee
- Publicado : Viernes 22 de Junio de 2012 00:50 desde la IP: 187.193.248.80
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 22 de Junio de 2012
en una controversia del orden familiar se demanda una reduccion de pension alimenticia a 4 hijos los 4 son mayores de edad, solo hayn un problema una de ellas tiene un retraso mental o sindrome de down, es por ello que no se puede emplazar fisicamente a la persona acreedora alimentaria, solicito al ajuez que se emplace a dicha persona a traves de su madre ya que es la persona que vive con ella y es la encargada del cuidado de ella, solo que el juez me pide que demuestre quien es el tutor de dicha persona, por que debe de estar interdicta... es decir inmposibilitada de ejercer sus derechos por si misma, si no se ha declarado ningun tutor especial cual es el paso a seguir... para poder emplazar a la persona mayor de edad pero que cuenta con el retraso mental.... espero sus opiniones y gracias....
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 271881
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Junio de 2012 10:17 2012-06-22 10:17 desde IP: 189.230.41.123
Desistete del incidente por cuánto hace a dicha persona, pues obviamente aunque hagas del juicio de interdicción, ésta es incapaz y subsiste la obligación de que se le den alimentos, pero continúa por cuanto hace a las demás personas.
Desde el inicio debiste sólo interponer el incidente sólo por los otros tres hijos, si aún no han sido notificados, desistete y vuelvelo a presentar sólo en contra de los tres, o como te sugiero, desistete sólo de la incapaz.
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 271963
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Junio de 2012 23:01 2012-06-22 23:01 desde IP: 187.193.248.80
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Autor
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AutorRespuesta No: 271965
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Junio de 2012 23:02 2012-06-22 23:02 desde IP: 187.193.248.80
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Autor
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AutorRespuesta No: 272002
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Junio de 2012 13:29 2012-06-23 13:29 desde IP: 189.230.41.123
Si la señalaste como demandada incidental, obviamente el Juez tiene que ordenar que sea llamada a juicio por conducto de su representante o tutor, porque no la puedes dejar en estado de indefensión.
Pero el Juez no puede obligarte a seguir un juicio contra alguien que tu no quieres demandar.
Hay que aplicar la lógica jurídica compañero, el Juez sólo puede abordar cuestiones planteadas, el Juez no puede querer oficiosamente que tu tengas un juicio con un tercero por capricho.
Si tu no quieres seguir el pleito con un codemandado incidental, el Juez no tiene porque aferrarse a que sea así, puesto que sus derechos seguirán intocados.
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 272005
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Junio de 2012 13:36 2012-06-23 13:36 desde IP: 187.144.32.155
cuando el adulto es un incapaz... el juez esta obligado a dar aviso a quien pueda ejercer esa titulariada... en este caso.. al ministerio publico y al dif... y asi lo puedes solicitar...al efecto de que la madre lo presente y ...tu ascredites con y por medio de constancia medica esa incpacidad...
claro que debe ser llmado a juicio... ya que se presume que tu ...le pretendes privar de un derecho...y tiene derecho a ser oido y vencido en juicio... amen de que tu empezaste...
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