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DEN DECIR SI HAY ALGUNA JURISPRUDENCIA QUE ESTABLEZCA QUE EL ALTA ANTE EL IMSS NO ES SUFICIENTE PARA JUSTIFICAR EL NEXO LABORAL

  • Consulta : 155854
  • Autor : mjmmoral_NR
  • Publicado : Jueves 14 de Junio de 2012 21:03 desde la IP: 187.138.72.10
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,118
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  • Autor
    Consulta

  • mjmmoral_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

     "En negativa de nexo Laboral", el Alta ante el IMSS del actor será suficiente para acreditar nexo laboral?, Me pueden decir si hay  alguna Jurisprudencia que establezca que el Alta ante el Imss no es suficiente para justificar el nexo laboral. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 271021

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES:

     Al reves, ante la negatiova laboral, la presentaciòn de la inscrpcion ante el imss, hace prueba plena contra la negativa del patron a dicha relacion.

     Saludos    a   los   Colegas   participantes de   esta   Consulta.

    JUAN   MANUEL   GARCIA   ROMERO   y   COSS.

    ABOGADO

    Espero   sus   correos,   le   daré   respuesta   a   todos.

    Kokoduro1  

    arroba 

     h o t  

    m a i l  

    punto  

    c o m

    Espero   sus   correos,   le   daré   respuesta   a   todos.



  • Autor
    Respuesta No: 271037

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente hay muchas jurisprudencias y no una, que señalan que el alta ante el IMSS, no es prueba alguna para acreditar la relación laboral, ya que se trata de un acto unilateral,. Pero también existen el doble de jurisprudencias y tesis que señalan que es el patrón quién tiene que demostrar el despido y/o las condiciones generales del trabajo y sólo en caso de negar la relación laboral, revierte la carga de la pueba. Si su patrón negó la relación laboral y revirte la carga de la prueba, su alta ante el IMSS y una servilleta usada son lo mismo.



  • Autor
    Respuesta No: 271039

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES:

     Al reves, LIc. OCHOA, saludos,  la alta hace plena demostraciòn de que la patronal miente, ya que solo el patron puede incluir al trabajador en la lista de sus empleados ante el imss, y solo el patro pùede hacer el pago de esa alta y sus cotizaciones.

    Por tanto, es prueba plena, demuestra en contra del dicho del patro: NUNCA FUE MI EMPLEADO Y NO ESTABA SUPEDITADO A MI MANDO O RECIBIA SALARIO, con la alta se demuestra lo contrario:

    antiguedad alboral con el patro.

    salario.

    dependencia economica

    y si hubo suspensiòn en el pago:

    despido injustificado, si no se hizo ante la junta de conciliaciòn o no se hizo por medio de las actas administrativas en las que conste la firma del trajador con respecto de la rescicisòn de la relaciòn de trabajo.

     Saludos    a   los   Colegas   participantes de   esta   Consulta.

    JUAN   MANUEL   GARCIA   ROMERO   y   COSS.

    ABOGADO

    Espero   sus   correos,   le   daré   respuesta   a   todos.

    Kokoduro1  

    arroba 

     h o t  

    m a i l  

    punto  

    c o m

    Espero   sus   correos,   le   daré   respuesta   a   todos.



  • Autor
    Respuesta No: 271054

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Ahora sí me sorprendió mi buén Kokoduro1, apenas la semana pasada me di de alta ante el IMSS de forma Unilateral, con el único requisito de exhibir mi credencial de elector, mi acta de nacimiento y comprobante de domicilio, con ello me dieron mi número de afiliación al Seguro Social, y eso porque para el mes de septiembre regresaré a impartir cátedra en la UNITEC campús Atizapan, (La que les espera a los pobres en ISR y Clínica Procesal Fiscal) . No por ello podré acreditar relación laboral alguna con la universidad.



  • Autor
    Respuesta No: 271059

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lic. Ochoa Donis, s.c.

    Si no demuestra la relacion laboral de esa manera es por lo mismo que ud. menciono lo realizo de manera unilateral, y quien debio haber dicho tramite adminstrativo, es decir darlo de alta en el issm es el patron.

    No puedde darse de alta cualquier persona argumentando que trabaja para x empresa. si no es asi.

    Por lo tanto es cierto lo que comenta kokoduro.

    Saludos.



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