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COMO LE PUEDO HACER
- Consulta : 152328
- Autor : evodioserrano_solis_NR
- Publicado : Miércoles 23 de Mayo de 2012 12:34 desde la IP: 187.175.54.241
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,082
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Mayo de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
tengo un inmueble en renta y tengo 2 contratos de luz por que le rento a dos personas distintas en uno esta un uno de una muebleria tiene diez años y en el otro me desocupo y me dejo una deuda la señora aide de 870 pesos es quien le rentaba y la comision fui y pague el adeudo y volvi a contratar a mi nombre pero ahora me dicen que no me pueden poner el medidor porque tengo otro a deudo de un tal geronimo bocarando que tiene mas de 15 años de muertodesconosco pues me dicen que el adeudo es en el mismo local y la deuda es de 24,000 pesos y me di a la tarea de investigar y esta persona ya ers muerta y la comision le dije y le presente la acta de defunsion y me dice que si efectivamente la deuda exixste pues el inmueble cuenta con esa deuada y no puede ser pues el otro contrato el señor tiene mas de 10 años donde esta la muebleria y la señora aide que le rentaba ocupaba el inmueble para restaurante y se lo pedi pues por que ya lo estaban agarrando para otros giros negros, y a lo mejor ahi esta haciendo sus transas con la comision pues tenia el inmueble varios clima, y en contre algunos sellos de la comision de los medidores la pregunta que puedo hacer ya hable a coatzaoalcos que es donde esta la matriz a ca en mi region y no me toman en cuenta mas si que me niegan el servicio y ya tengo paga la deuda de los 870 pesos y el contrato y no me quieren reconocer y no me quieren poner el medidor. gracias´por su atencion espero una pronta solucuión.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 267887
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Mayo de 2012 12:47 2012-05-23 12:47 desde IP: 189.200.114.215
Necesitará entablar demanda ante el Tribunal Federal de justicia Fiscal y Administrativa. Por aqui en el foro hay exelentes abogados en ese giro que le pueden asesorar mucho mejor que yo.
Si no me equivoco, una deuda por parte de autoridad fiscal o administrativa vence en 10 DIEZ AÑOS por lo que si luego de ventitantos años no la ejercieron, y maxime que ya existía un contrato posterior a ese con un nuevo propietario, salvo que los colegas expertos del tema me corrijan CFE no puede exigirles ese adeudo.
Saludos
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