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FALTA DE PERSONALIDAD
- Consulta : 152316
- Autor : camell18761_NR
- Publicado : Miércoles 23 de Mayo de 2012 12:04 desde la IP: 200.95.169.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,138
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Mayo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 267889
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Mayo de 2012 12:50 2012-05-23 12:50 desde IP: 189.200.114.215
No se si haya Jurisprudencia al respecto estimo que no porque quien CATEGORICAMENTE señala que debe ser un acto PERSONALISIMO es el propio codigo.
Lo anterior porque en divorcio voluntario, el juez debe exhortar a las partes a la reconciliación. Como podría el Juez reconciliar a las partes si quienes asistieren a juicio fueren sus abogados?
Por ello, esa junta es indispensable que comparezcan AMBOS conyuges sin intermediarios y el mandatario aqui... no funciona por DETERMINACION DE LA LEY
Saludos
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Autor