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INCUMPLIMIENTO DE PAGO POR PARTE DE LA ASEGURADORA

  • Consulta : 151973
  • Autor : DANGAR
  • Publicado : Lunes 21 de Mayo de 2012 13:24 desde la IP: 201.155.36.252
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,069
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  • Autor
    Consulta

  • DANGAR
    USUARIO REGISTRADO

    buen dia a todos!!

    les comento mi caso brevemente, el 19 de agosto del 2011 fue robado mi automovil con lujo de violencia para lo cual tuve que levantar el acta ante el ministerio publico y posteriormente le hable a mi seguro (GNP)  para reportar el siniestro lo cual se portaron muy amables y el ajustador me comento que sino aparecia el automovil en 30 dias tendria q ir a las oficinas del seguro por mi pago correspondiente, para lo cual despues de transcurridos los dias fui ya que no habia aparecido y que me niegan el pago por falta de pruebas de existencia de la unidad y que me dicen que le hiciera como quiera pero no me iban a pagar. posteriormente fui a la CONDUSEF a meter un oficio de queja, en donde te citan a para pura perdida de tiempo ya que tuve 3 audiencias una x mes aprox. y en la ultima despues de pedirme una serie de documentos que entregue me salio con la estupides de que necesitaba videos del automovil para poderme pagar para lo que la CONDUSEF no hizo nada y me mando a las oficinas centrales. Preferi tomar otra instancia y contrate abogados los cuales me comentaron que teniamos que meter un oficio a la CNSF ya que ellos si estaban facultados para exigir a la aseguradora a pagarme, despues de 9 meses me habla una persona por parte de OCRA y que habian encontrado mi auto un poco desvalijado y que tenia que ir por el al ministerio, pero mi abogado me comenta que no vaya x el ya que la aseguradora se tiene que hacer cargo y que teniamos que meter otro oficio a la CNSF poniendo que ya se habia encontrado y ademas exigiendo pago de gastos y costas despues de 9 meses exigiendo mi pago...

    es correcto esto?? que vias debo tomar??

     

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  • Autor
    Respuesta No: 267661

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, quien tiene la última palabra sobre tu asunto es un Juez, por ende, te recomiendo que demandes por la vía mercantil.

    Tu asunto es fácil, ya que el requerimiento de videos y demás pruebas, si bien forma parte de las informaciones que puede requerir la aseguradora conforme el articulo 69 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, tampoco la exime de su obligación el que no la puedas presentar. En efecto, existe un criterio del Tribunal Colegiado que dice que la aseguradora no puede eximirse de la obligación y requerir documentos de forma injustificada.

    En ese sentido,  ante quien debes demandar es con un Juez y no así la Comisiòn. Ello, porque quien tiene la facultad para resolver este tipo de controversias es el órgano jurisdiccional. Consulta a un abogado especialista en seguros y no sólo un abogado.



  • Autor
    Respuesta No: 267665

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES:

     Si para ti fue perdida de tiempo acudir a CONDUCEF, no tiene caso que sigas preguntando en esta pagina, era y es la instncia para hacer valer el contrato de seguro.

    Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1  

    arroba 

     h o t  

    m a i l  

    punto  

    c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



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