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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 150024
- Autor : mayra2905
- Publicado : Martes 08 de Mayo de 2012 10:02 desde la IP: 187.207.44.175
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,084
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Mayo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 265352
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Mayo de 2012 10:56 2012-05-08 10:56 desde IP: 189.230.179.226
No, no es cierto.
La obligación de dar alimentos a sus hijas no cesa porque la madre o el padre contraiga nupcias con otra persona.
Demanda el pago de la pensión ante Juez de lo Familiar y si ya la demandaste previamente, promueve unos medios de apremio por el incumplimiento.
De igual forma, denuncialo penalmente por el incumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
Suerte!
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