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SANCION POR NO REGISTRAR NUEVO MATRIMONIO COBRANDO PENSION POR VIUDEZ
- Consulta : 149708
- Autor : MARIA PENSION
- Publicado : Domingo 06 de Mayo de 2012 02:42 desde la IP: 189.237.37.53
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 06 de Mayo de 2012
Hola! Hace 20 años enviudé, mi esposo cotizó para IMSS e ISSSTE, por lo que recibo pensión de ambas instituciones. resulta que años después casé de nuevo. No registré mi matrimonio, por ignorar que debía hacerlo, ya que pensé que mi esposo había creado ese derecho para toda mi vida. He vivido respetando las leyes, no quiero infringirlas ahora. Una amiga me dice que debo registrarlo, mi inquietud es: ¿Es verdad que debo registrar mi nuevo estado civil? Supongo perderé la pensión de mi difunto esposo. ¿Qué sanción acredité por este hecho? Agradezco me informen todo lo posible al respecto. Espero me asesoren en los pasos que debo seguir para que me sea leve enfrentar la situación.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 265120
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Mayo de 2012 10:40 2012-05-06 10:40 desde IP: 189.228.166.132
Mas que registrar el matrimonio debe de solicitar sea finiquitada, en el caso del Imss le darán el importe de tres anualidades de su pensión, pero le pueden descontar el tiempo que ya transcurrió desde que se caso y que ha cobrado indebidamente las mensualidades de la pensión, porque si es un derecho que le dejó su ex esposo para toda la vida, siempre y cuando no contrajera nuevas nupcias o entrara en concubinato.
Saludos
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