Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PRESCRIPCION POSITIVA

  • Consulta : 148465
  • Autor : enriquez_ale_NR
  • Publicado : Jueves 26 de Abril de 2012 21:04 desde la IP: 189.137.200.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,070
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • enriquez_ale_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    HE VIVIDO MAS DE 7 AÑOS EN CASA DE MI ABUELA Y ELLA SE ENCUENTRA VIVIENDO DESDE HACE MAS DE 5 AÑOS CON UNOS FAMILIARES HASTA EL NORTE DEL PAIS, HAY MANERA DE QUE YO, SIENDO SU NIETO, PUEDA INICIAR JUICIO POR PRESCRIPCION POSITIVA?, YA QUE EL ART. 1167 DEL CODIGO CIVIL INDICA  La prescripción no puede comenzar ni correr: I. Entre ascendientes y descendientes, durante la patria potestad, respecto de los bienes a que los segundos tengan derecho conforme a la ley.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí





  • Autor
    Respuesta No: 267666

  • enriquez_ale
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tengo todos los papeles a mi nombre (agua, luz, gas, telefono......) excepto predial y la escritura, entonces que es la posesion en calidad de dueño?



  • Autor
    Respuesta No: 267667

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES:

     No hay prescripciòn entre parientes, y si la promueves señalando que no lo soin, estas cometiendo un elito y aunque el juicio fura nulo de pleno derecho, no te salvas de guaradar tus hueso en la carcel.

    Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1  

    arroba 

     h o t  

    m a i l  

    punto  

    c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.





Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión