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DERECHO A PRIMA DE ANTIGUEDAD
- Consulta : 147387
- Autor : karla_lara11_NR
- Publicado : Viernes 20 de Abril de 2012 09:54 desde la IP: 189.176.159.235
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,110
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 20 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Baja California Sur
buen dia a todos los lic. foristas yo trabajo en un hotel de los cabos y mi inquietut es renunciar voluntariamente tengo 5 años trabajando aun que solo tengo 4 años de planta en el hotel . tengo derecho a que se me pague 12 dias de salario x cada año trabajado si renuncio voluntariamente?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 262812
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Abril de 2012 10:15 2012-04-20 10:15 desde IP: 189.228.81.193
No, en la renuncia voluntaria no tienes derecho a nada, salvo al pago de lo que ya hayas devengado, parte porporcional de aguinaldo, de vacaciones, de prima vacacional y fondo de ahorro u otras prestaciones si las tienes.
La prima de antiguedad solo se paga cuando tienes de menos 15 años de antiguedad, Saludos
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