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¿ES VIABLE LA RESCISION DE UN ARRENDAMIENTO?

  • Consulta : 146756
  • Autor : ess1969
  • Publicado : Lunes 16 de Abril de 2012 23:17 desde la IP: 187.201.84.182
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,126
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  • Autor
    Consulta

  • ess1969
    ABOGADO ADMINISTRATIVO

    Saludos a todos los participante.

    La duda es la siguiente.  Este caso es en el Distrito Federal.

    Es un local comercial y el arrendamiento se convirtió por tiempo indeterminado, por lo que se le notificó al inquilino mediante una jurisdicción voluntaria que tiene un año para desocupar.  

    El problemas es que han pasado cuatro meses desde que se le notificó la Juris. Vol.  pero el arrendatario debe varias rentas y servicios, algunas son de antes de la Juris Vol. más las que se han vencido después de ésta juris.

    La duda es si puedo demandar ahorita la rescisión del contrato (que se convirtió por tiempo indeterminado) sin esperarme hasta que pase el año para solicitar la terminación de dicho contrato.       

    El asunto apenas me lo turnaron por lo que es mi duda si es que puedo demandar la rescisión.

     

    Gracias de antemando por su comentarios o asesoría. 

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 262468

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ess1969

    Si, si puede demandar la declaracion judicial del rescision de contrato de arrendamiento, la desocupacion y entrega del inmueble, mas el pago de las rentas vencidas y las que se sigan generando durante la tramitacion del juicio, el pago de servicios si asi se estipulo en el contrato, mas gastos y costas, lo anterior, independientemente del excesivo termino de un año que le concedio el arrendatario al inquilino para desocupar, no deje pasar mas tiempo para demandar en la VIA DE CONTROVERSIA DE ARREDAMIENTO.

    Saludos.

     



  • Autor
    Respuesta No: 262521

  • ess1969
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos ABOMAU68.

     

    Te adradezco tu amable atención y estamos a tus órdenes.

    Gracias.

                             



  • Autor
    Respuesta No: 263039

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Fe de erratas "...que le concedio el arrendatario al inquilino para desocupar..."

    Debe decir: "...que le concedio el arrendador al inquilino para desocupar..."

    ess1969

    De igual manera sus ordenes, saludos.



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