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DEMANDA PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 145799
- Autor : dr_jbarbosa_NR
- Publicado : Martes 10 de Abril de 2012 19:50 desde la IP: 187.141.102.200
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,225
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 10 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Guerrero
Esta es la situación me case con mi mujer hace ya 5 años, ella con una niña ya yo divorciado anteriormente con acuerdo de pensión para mi primer hijo tiene 13 años actualmente, la niña que tiene ella fue registrada con el apellido de su papa biológico posteriormente cuando la biña tenía 3 años de buena fe a petición de la mama cambio el apellido de la niña al mío, ella jamás anulo la primer acta, obviamente la biña entra a la escuela papeles con mi apellido pasaporte visa, y tengo un hijo con ella tiene 1 año 8 meses, me demanda por pensión alimenticia de los dos niños de su hija y el nuestro, como proceder ante esto ya mi abogado metió la respuesta y metimos el acta . Original de la niña y la sentencia del divorcio que promovió la mama de la niña en donde le fijan pensión por la menor , sin embargo el papa biOlogico jamás dio dicha pensión incluso ella "la mama" jamás promovió algún juicio o demanda porque no se le dio, el papa al parecer esta en estados unidos ilegal. Mi pregunta es como me puedo librar de dar la pensión de la niña que no es mi hija y si yo puedo llevar una sanción por el hecho de registrarla ya que ella me pide el 40% de pensión por los dos su hija y mi hijo menor, sabiendo que ya doy pensión a mi hijo mayor . Gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 261507
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Abril de 2012 20:16 2012-04-10 20:16 desde IP: 189.228.203.88
Las actas del Estado Civil de las personas no son nulas de plano, sino que asi debe de estar declarado Judicialmente, por lo que se extralimitaría el Juez del Conocimiento si por este motivo lo libra de la pensión, ya que legalmente usted es el padre de la menor.
Y si puede tomar acciones legales contra esto, pero debe de estar bien conciente que usted es acreedor a sanciones penales por falsedad y por alterar el estado Civil de las personas al haber registrado nuevamente a la menor a sabiendas de su situación, asi que es cosa de sopesar las condiciones y tomar una determinación. Saludos
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