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DEMANDA DE PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 145343
  • Autor : sandy-yorch_NR
  • Publicado : Domingo 08 de Abril de 2012 13:04 desde la IP: 187.168.40.93
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • sandy-yorch_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Buenas tardes !!! Mire lo que pasa es q a mi apenas en enero de este ano me llego la demanda de pension alimenticia por el 20% de mi hija y la verdad nunca me llego a mi un citatorio para presentarme ante un juez y comparecer o llegar a un acuerdo y lo mas raro es q nunca ella supo donde yo trabajaba y de la nada me llego esa demanda bueno digo de la nada por q solo ella vive con su mama y hermana y su fam vive en guerrero lo q quiero saber y q puedo yo hacer por q la verdad todo esto no me suena lógico y quiero saber si la Sra. También contribuye con los gastos de la Nina y no nada mas yo por a yo no estoy conforme con todo esto bueno espero su respuesta lo antes posible gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 261202

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No te llegó de la nada la orden de descuento por alimentos. Cuando se presenta un escrito de demanda de alimentos, por ser de extrema urgencia y de imperiosa necesidad, el Juez inmediatamente decreta un porcentaje o cantidad provisional por pago de pensión alimenticia, sin que para ello sea necesario notificar al Deudor Alimentario, lo que si se te debe de notificar es la Demanda, es decir te deben de emplazar a Juicio, pero como muchas veces lo que los Acreedores alimentarios quieren es recibir la pensión, solo se preocupan por ingresar la orden de descuento al trabajo del deudor, y ya no hacen el emplazamiento, claro que no siempre es asi pero suele suceder, por lo que tu debes de investigar u obtener los datos del Juzgado donde se está ventilando el asunto, asi como el número de expediente para que te apersones al Juicio y puedas dar contestación a la demanda.

    El hecho de tener a el o los menores bajo el cuidado de una persona ya se considera aportación al sostenimiento, por lo que si ella tiene a la menor no es necesario que aporte económicamente, habida cuenta de que con un porcentaje de un salario es casi imposible que una persona totalmente de ahi subsista, independientemente de cuanto ganes.

    Respecto a que ella no sabía donde trabajabas, cuando se tramita un Juicio es posible solicitar al Juez que en virtud de desconocer donde trabaje o donde viva el demandado, se gire oficios al IMSS, IFE, SAT, CONSAR, INFONAVIT, etc a fin de que informen al Juzgado el paradero del Demandado o donde trabaja y cuanto gana.

    Asi que no se te debe de hacer ilógico todo esto, lo ilógico es que haya transcurrido tanto tiempo y no te hayas apersonado en el Juicio en tu contra para hacer valer tus defensas. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 261222

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si te llego la demanda y no la contestaste... ya nada tiees que hacver o puedes hacer....

    tu obligacion es dar.... la ley te obliga...

    20%.... eso no es nada... y  lo que ella de o no... eso a ti no te importa... y la ley por medio de un juez te ha obligado solo al 20% de tus percepciones.... regalado...



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