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DOBLE NACIONALIDAD

  • Consulta : 144484
  • Autor : sicadriana_fr_NR
  • Publicado : Viernes 30 de Marzo de 2012 19:12 desde la IP: 187.204.211.53
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,082
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  • Autor
    Consulta

  • sicadriana_fr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    Buanas tardes estimados abogados, Soy mexicana, naci en guanajuato, mayor de edad, tuve un hijo hace 10 años en estados unidos, pero me regrese a mexico y le saque una acta de nacimiento como si hubiera nacido aqui en mexico. Quiero que mi hijo obtenga el derecho de LA DOBLE DE NACIONALIDAD, como le puedo hacer. se que puedo incurrir en responsabilidad penal, pero quiero evitar eso y hacerlo commo lo marca la ley, la doble nacionalidad. Les agradezco su atenciuon. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 260266

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    incurrir en responsabilidad penal???? para nada, en usa en los hospitales te dan la hoja de alumbramiento y en la mayoria de los casos en especial si los hospitales son públicos los niños son registrados inmediaatamente y si no fue tu caso con tu hoja de alumbramiento tienes q hacer los tramites en el lugar donde diste a luz.



  • Autor
    Respuesta No: 260501

  • ARINCO Asociados
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buen Dia sicadriana:

    Primero dejenos comentarle que No tendrá resposabilidad penal.

    La circunstancia de que el acta de nacimiento de su hijo contenga un hecho falso, consistente en señalar que el alumbramiento ocurrió en territorio mexicano, habiéndose acreditado en juicio que sucedió en el extranjero, constituye un vicio sustancial que hace procedente la nulidad de esa acta. .

    Es importante conocer qué tiempo tiene viviendo aquí (en México) su hijo, ya que de eso dependerá de la tardanza y de los trámites he tendrá que realizar ante las autoridades (asministrativas)

    Tiene que empezar con:

    1.- Conseguir copias certificadas del acta de nacimiento estadounicence, con la correspondiente apostilla.

    2.- Entablar un juicio de nulidad del acta 

    3.- Una vez decretada la anulacion, deberá proceder a la inscripción en el Registro Civil del acta apostillada.

    4,. Realizar los trámites conducentes ante las autoridades administrativas y privadas (educación, salud, seguros, etc)

    Estamos a dus ordenes.

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