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HIPOTECARIA BANCOMER ME DESPOJARA DE MI PATRIMONIO

  • Consulta : 143772
  • Autor : zamoraarellano_NR
  • Publicado : Lunes 26 de Marzo de 2012 21:04 desde la IP: 189.131.105.117
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,694
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  • Autor
    Consulta

  • zamoraarellano_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    buenas tardes,tengo 7 años pagando una hipoteca con bancomer,pago 4000 al mes ,estoy desempleado y debo 3 meses de pago,fui al banco para llegar a un acuerdo y el banco no quiere negociar ningun tipo de apoyo,me comenta que me quitara la casa,pero la casa esta rentada para ayudarme al pago,que puedo hacer para que no me la quite el banco y amparar mi patrimonio,le agradeceria me oriente,muchas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 259633

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches, desafortunadamente el banco puede demandar el pago de dicha hipoteca y cobrarse en caso de dejar de pagar, el mejor consejo es que al menos pague una mensualidad o busque la manera de reestructurar ya que dicha hipoteca es de riesgo y el unico que ganara en dicho asunto sera el banco, analice la situacion y no deje perder su patrimonio.



  • Autor
    Respuesta No: 259645

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    La principal dificultad para acceder a una reestructuración de las condiciones pactadas en su crédito hipotecario actual es la falta de empleo lo cual se traduce en la ausencia de una fuente confiable de repago, por lo que el recelo de la institución es fundado ya que ningún sentido tendría concederle un mayor plazo y por ende disminuirle el monto de las amortizaciones si de todos modos usted no tiene una fuente de ingreso para hacer frente a nuevas obligaciones.

    En esas condiciones, para negociaciones de reestructuración se hace necesario cuando menos ofrecerle al Banco acreedor la obligación solidaria de un tercero solvente y mostrar capacidad de disposición de recursos inmediatos para solventar los gastos de reestructuración.

    Si Usted no cuenta con tales posibilidades, entonces le recomiendo asesorarse de un abogado competente y honesto que le facilite una negociación con los representantes legales del Banco a fin de explorar la factibilidad de llegar a un convenio para un plazo de espera en la regularización de sus pagos o bien para una dación en pago. Esto último implicaría la entrega del inmueble en pago y solución total del adeudo.

    Aún en caso de indisposición de los representantes legales del Banco para cualquier solución como las comentadas, un buen abogado puede y debe ser capaz de estructurar una estrategia integral de defensa de sus intereses para ganar el tiempo suficiente para que Usted retome una fuente de ingresos laborales y obtenga los recursos necesarios para una regularización o un refinanciamiento o bien para que ante cualquier otra solución viable, entregue finalmente el inmueble.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 259660

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTEzamoraarellano_NR,  

    Presente:

                                      

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Mire en su caso necesita usted crear condiciones de negociación favorables a usted, para que pueda llegar a un convenio con su banco acreedor, para ello le sugiero que tome una ACTITUD POSITIVA Y ACTIVA EN SU CASO, es decir que usted primero demande al banco, las mejoras que en su caso hubiese hecho ha dicho inmueble, de esta manera usted será deudor del banco y a su vez será acreedor del banco, ya que este último le deberá usted el pago de dichas mejoras, y así en caso de que su acreedor lo demande, el Juez que conozca de su caso ordenará la acumulación de ambos juicios, y al final, una vez acreditado por su parte la cantidad que por concepto de mejoras le debe el banco, y al ser ambos acreedor y deudor, SE ACTUALIZARÁ EN ESE CASO LA FIGURA JURÍDICA DE LA CONFUSIÓN DE DEUDAS, SIENDO ASÍ QUE EL JUEZ CIVIL QUE CONOZCA DE ESTE ASUNTO TIENE LA OBLIGACIÓN DE COMPENSARLAS, ES DECIR RESTAR AMBAS CANTIDADES, Y EN CASO DE EXISTIR UN REMANENTE, ORDENARÁ JUDICIALMENTE QUE ESE REMANENTE SE LE PAGUE A QUIEN SE DEBE, de esta manera usted puede reducir de manera considerable dependiendo de la cantidad que por concepto de mejoras le reclame a su acreedor, y así tener la posibilidad real de pagar dicho adeudo, esperando que esta información le sea de utilidad y que en breve resuelva su asunto favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Cel: 55-3462-7069

    E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com



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