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UNA VEZ OTORGADO PERDON ANTE MP PUEDO DEMANDAR O ABRIR LA DENUNCIA?
- Consulta : 141736
- Autor : participar_NR
- Publicado : Martes 13 de Marzo de 2012 00:41 desde la IP: 46.246.70.54
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 13 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
en el 2010 demande aun conosido por fraude por $40000 , acoradmos fuera de mp un plazo de pago solo pago 20000 falta la otra parte , ya no a pagado dise q no tiene, puedo revivir esa denuncia o acer otra aunquesea inventada? para precionar y pague? o ya no.
en la primera otorgue perdon ante mp, y dije que ya habiamos arreglado .
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 257993
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2012 14:00 2012-03-13 14:00 desde IP: 189.137.42.101
CONSULTANTEparticipar_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Desde mi punto de vista jurídico sería IMPROCEDENTE REEVIVIR (COMO LO REFIERE EN SU CONSULTA) LA AVERIGUACIÓN PREVIA QUE MENCIONA, EN VIRTUD DE QUE EN MATERIA PENAL SE TIENE QUE EL PERDÓN EXPRESO DEL OFENDIDO EXTINGUE LA ACCIÓN PERSECUTORIA, CUANDO EL DELITO DE QUE SE TRATE SE SIGA POR QUERELLA DE PARTE AGRAVIADA.
Le sugiero también que se ABSTENGA DE INICIAR OTRA DENUNCIA POR LOS MISMOS HECHOS Ú OTRA INVENTADA COMO MENCIONA, en virtud de que corre el riesgo de incurrir en el DELITO DE FALSOS INFORMES DADOS A LA AUTORIDAD.
Por lo que hace al COBRO DE LOS $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), QUE NOS PLATICA QUE AÚN LE DEBE LA PERSONA QUE MENCIONA, LE RECOMIENDO QUE REALICE EL PAGO DE DICHO ADEUDO POR LA VÍA CIVIL, que en este caso es la procedente, espero que tenga éxito en su caso y que esta información le sea de utilidad.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Cel: 55-1094-8508
E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com
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Autor
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AutorRespuesta No: 258011
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2012 15:16 2012-03-13 15:16 desde IP: 189.216.205.31
Hola:
En los delitos perseguibles por querella de parte odendida, una vez otorgado el perdón por la víctima u ofendido en el delito de que se trate, se extingue la acción penal.
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