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RECONOCIMIENTO DE UN HIJO DESPUES DE 1 AñO...

  • Consulta : 141541
  • Autor : jorjoe16_NR
  • Publicado : Lunes 12 de Marzo de 2012 00:27 desde la IP: 201.153.141.200
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,129
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  • Autor
    Consulta

  • jorjoe16_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Que tal amigos abogados y publico en general, les pido apoyo para una situacion que tengo aqui. Para empezar soy del estado de Mexico tengo 25 años tengo un trabajo mas o menos estable, bien pues la cuestion es la siguiente, tuve hace un par de años una relacion y no digamos de novios con una mujer la cual deje de ver hace algun tiempo y con la cual sostuve relaciones, pasa que un dia me llama para ver si nos podiar encontrar para charlar y para conocer a su hijo el niño de 1 año cuatro meses, me cuenta de su vida que se junto con un hombre y que viven con el niño  y familiares, despues de esa salida a comer y platicar me llama al dia siguiente para preguntarme si yo queria hacerme la prueba de la paternidad a lo cual yo me saque mucho de onda puesto que la ultima ves que vi a esa mujer y tuvimos relaciones y eso entre comillas, algo se sucito y no hubo tiempo ni siquiera de hacer mucho, ademas recuerdo ese dia comprar la pastilla de emergencia... Para mejores datos, yo la vi un diciembre a mediados antes del 20, el niño es de octubre mediados, a lo cual la cuenta me da que son 10 meses y por lo que he sabido y leido el parto dura maximo 10 meses pero lunares de 28 dias que a dias normales nos da 9 meses, ahora bien mi duda es, no tenia el conocimiento al 100% de que ese niño habia nacido, despues de 1 año y mas me entere, el niño tiene apellidos de la actual pareja de esta mujer, el tiempo de embarazo es cercano pero no es posible debido al mes de diferencia, mi duda es la siguiente que podrian hacer en este caso que procesos se tendrian que tratar en fin, espero me puedan apoyar, debido a que es inquietante esto y me gustaria terminarlo pronto, les agradezco su atencion y los comentarios que puedan realizar, saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 257772

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Usted por lo que cuenta, tiene dudas de la paternidad del menor. La ley por ejemplo, presume la peternidad de un hijo nacido de una pareja divorciada, hasta los 300 días posteriores a la fecha de divorcio, por lo que se entiende en su caso, que si el nacimiento del niño se dió dentro del periodo de 300 días posteriores a la última relación sexual, es posible que sea su hijo, y aunque no está obligado moralmente a hacerse dicha prueba, si le demandarán el reconocimiento de la paternidad y se ofrece la prueba de ADN, el juez puede ordenar que le sea practicada dicha prueba. Pero por otra parte, si el menor está ya registrado y reconocido legalmente, como hijo de otro padre, no existe posibilidad de que la mujer le demande el reconocimiento de la paternidad, sin que previamente el padre que lo reconoció, haya obtenido una sentencia que diga que el no es el padre.



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