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RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD (PADRE FALLECIDO)
- Consulta : 141260
- Autor : lourdese_glez_NR
- Publicado : Jueves 08 de Marzo de 2012 16:04 desde la IP: 201.143.234.145
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 08 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Baja California
Buenas Tardes, el padre de mi hijo fallecio cuando yo estaba embarazada, nosotros no nos casamos y tuvimos otro hijo que si esta reconocido por el puesto que aun no fallecia...en el Registro Civil tuve que registrarlo como madre soltera ya que me solitan para que pueda tener el apellido de su padre que lleve una sentencia que asi lo ordene....el padre de mis hijos era hijo unico y no le sobreviven sus padres...pero era ciudadano americano y mi primer hijo pudo obtener la ciudadania americana sin embargo al segundo hijo no lo puedo hacer si no esta reconocido...guardo objetos de el como su cepillo de dientes y cabello donde se puede sacar adn...espero me puedan ayudar o asesorar si esto es posible...gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 257356
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Marzo de 2012 16:53 2012-03-08 16:53 desde IP: 201.137.103.160
HOLA BUENAS TARDES:
MIRA CON LAS PERTENENCIAS QUE DICES TENER SE PUEDE DAR INICIO AL JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, CON LA FINALIDAD DE QUE TU SEGUNDO HIJO SEA RECONOCIDO.
PARA MAYOR INFORMACION Y CON LA FINALIDAD DE ACLARAR TUS DUDAS ME PONGO A TUS ORDENES EN LOS SIGUIENTES TELEFONOS:
NEXTEL.- (0155) 36-19-84-06
OFICINA.- (0155) 55-82-94-11
BLANCA NUÑEZ
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Autor
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AutorRespuesta No: 257413
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Marzo de 2012 22:38 2012-03-08 22:38 desde IP: 189.134.124.34
Distinguida Consultante
El reconocimiento de un hijo natural no puede ser tácito, sino de acuerdo con el Código Civil, que mandan que dicho reconocimiento sólo puede hacerse de una manera expresa, mediante declaración o confesión del padre, por cualquiera de los medios que establecen la ley, por lo que el “JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD”no es procedente.
Lo que si procede es un juicio sobre investigación de la paternidada efecto de obtener una sentencia que declare aquélla, conforme lo establece el código citado, y acreditar la circunstancia de que el padre y la madre del interesado, vivieron en concubinato, y de que el hijo nació dentro de los plazos que la ley fija.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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Autor
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AutorRespuesta No: 257416
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Marzo de 2012 22:47 2012-03-08 22:47 desde IP: 189.177.8.48
De acuerdo total con tuamigoabogado. Un cepilo de dientes y de cabello podra servir para determinar que el dueño de dichas cosas es el padre del menor. Sin embargo, otra cosa muy distinta sera acreditar que dicho cepillo era del decujus.
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