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LIQUIDACION SENTENCIA ORDINARIO MERCANTIL
- Consulta : 141044
- Autor : IAASA
- Publicado : Miércoles 07 de Marzo de 2012 09:05 desde la IP: 189.137.234.219
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 07 de Marzo de 2012
Hola a to2 los foristas: Durante la audiencia de desahogo de pruebas, no obstante de haber sido debidamente notificados, mi contraria NO se presentó, sus testigos NO se presentaron, además SE DESISTIÓ DE LA PERICIAL (básicamente se quedó sin ninguna prueba de su contestación a la demanda y de su Reconvención), en consecuencia, la testimonial le fue declarada desierta, él fue declarado confeso de todas las posiciones que fueron calificadoas de legales (35 de 36), además se dio por Perfeccionada la Confesional Expresa, ya solicité copia certificada de la audiencia, ya fueron presentados los alegatos, en los que principalmente se alega que han quedado probadas todas las pretenciones de la parte actora, toda vez que la al ahbersele declarado confeso y haberse perfeccionado la confesión expresa, y no haber presentado la contraria, prueba alguna que tendiera desestimar las confesiones ni las demás pruebas presentas por la actora, sino que por el contrario, dichas pruebas refuerzan la declaratoria de confeso, así como cada uno de los ehchos de la demanada inicial, entonces se tiene por demostrado el derecho de la parte actora a reclamar del demandado, todas y cada una de las prestaciones señaladas en el escrito inicial de la demanda. La contaria solo álegó la falta de personalidad del actor para demandar ¿?...
Ante esta situación, aparentemente uno pudiera entender que la consecuencia lógica sería que el Juez le sentenciara a todas y cada una de las prestaciones que le fueron reclamadas en la demanda principal, pero... ¿Podría caber la posiblidad de que sus abogados estén tramando algún ardid para trampear o viciar el procedimiento?, de ser así, ¿que es lo que realmente pueden hacer sus abogados para beneficiar a su cliente?.
Por otro lado, asumiendo que si fuese sentenciado (quedan +/- 12 días para que se dicte sentencia), ¿como se hace una correcta liquidación de gastos y costas, así como de intereses ordinarios y de intereses moratorios y, cual es el fundamento legal correcto a señalar en el incidente de liquidación?.
Desde ya, muchas gracias a todos aquellos que se sirvan dar una respuesta a la presente consulta.
P.D. le s recuerdo que no soy abogado, solo soy un entusiasta del derecho.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 257140
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Marzo de 2012 10:44 2012-03-07 10:44 desde IP: 187.194.50.186
Primero, hay que dejar que el juez decida sobre el tema con su sentencia.
Segundo, la parte contraria, tiene todo el derecho de defenderse, y hacer los recursos e incidentes que asi le permitan tal defensa.
Tercero, la confesoria, no es suficiente, a veces, para hacer la demostración del derecho, sino que puede estar viciada o envenenada y por ello, tal es inutil.
Hasta que no tengas la sentencia, no tienes nada, ni el animo de ganar.
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Autor
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AutorRespuesta No: 265607
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Mayo de 2012 23:32 2012-05-09 23:32 desde IP: 201.137.58.17
Mascaranegra, gracias por comentar
Para to2 los foristas, bueno a estas alturas ya se dictó sentencia condenatoria, se desecho la apelación en términos del 1340 del CoCo, y el sentenciado interpuso juicio de amparo, sin agotar los recursos de defensa que le provee el CoCo (revocación), en consecuencia, no se cumple con el principio de definitividad, sin embargo encuentro tesis aisladas contrapuestas en este sentido, unas dicen que se debe agotar todo recurso, antes de interponer la demanda de amparo, otras dicen que por tratarse de cuantia menor, el quejoso queda eximido de cumplir el principio de definitividad y otras están como en medio de ambas... y hasta el momento, ninguna de las que he encontrado, son jurisprudencias, todas son tesis aisladas, sin embargo se que si existe una jurisprudencia sobre este tema... estoy en su busca para saber si la demanda de amparo se admitirá y, en consecuencia como combatirla, o si le será desechada de plano. ¿alguna idea?
Salu2 a to2!
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