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CONSTANCIA LABORAL

  • Consulta : 140379
  • Autor : SHREK
  • Publicado : Jueves 01 de Marzo de 2012 10:52 desde la IP: 187.176.55.250
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO

    Buen día estimados abogados, quisiera ver si existe alguna forma de exigirle al patrón, que extienda una constancia laboral, o carta de recomendación.

    Tomando en cuenta que el trabajador se separó voluntariamente del trabajo y que en la actualidad el patrón no quiere extender ninguna constancia, ya que argumenta que el trabajador fue mal agradecido; debido a que éste obtuvo un grado académico y de inmediato se separó del trabajo. Él se separó debido a que tenía la necesidad de buscar un mejor sueldo y su patrón no se lo proporcionaba.  

    ¿O en todo caso ustedes que me sugieren? Les agradezco su atención y que tengan un buen día.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 256515

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no hay tal obligación en materia legal... mi buen cuate de piel verde....

    es una situación moral... de amistad... de reconocimiento... pero obligada por la ley... naranjas...



  • Autor
    Respuesta No: 256519

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Ni hablar, creí que con el fundamento del artículo 133 fracc. VIII de la ley laboral, se podría hacer algo.

    Pero ni hablar, le agradezco, y que tenga buen día. A por cierto aquí les manda un saludo el burro.

     

    .



  • Autor
    Respuesta No: 256521

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saquese... hagase de lado... y abusado para donde dispara sus miados.....

    jajajaja...

    mi querido vurrito berde.. el artículo 133 de la ley que nos da de comer... no señala la obligación del patro de porporcionar o dar... o ejecutar o resolver... sobre los documentos del trabjador.... sino de las negativas que tiene la fuente de trabajo para imponer gravamenes sobre el trabajo que no tengan que ver o versar sobre el mismo....de simple lectura se desprende... o ño?

    y abusado con la sin orejas y el ziper...



  • Autor
    Respuesta No: 256528

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Como acertadamente lo señala el Lic. Garovalo, no existe obligación del patrón de otorgar Carta de Recomendación, pero si está obligado expedirle una constancia escrita relativa a sus servicios, de conformidad con la LEY FEDERAL DEL TRABAJO que dispone:

    "...Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:...

    ...VIII.- Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios;..."

    Por supuesto, que dicha constancia no necesariamente debe ser equivalente a una "Recomendación" y su redacción probablemente no sea tan favorable, como podría esperarse por el trabajador o incluso resulte contraproducente para él.



  • Autor
    Respuesta No: 256530

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    "...este wey trabajo para mi... lo despedi por tranza... abusados y lo dejan entrar a sus fuentes de trabajo..."

    redaccion corta...





  • Autor
    Respuesta No: 256553

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Jajaja, perdón cometí un grave error, en verdad quise citar el articulo 132 fracc. VIII  pero por error puse 133.





  • Autor
    Respuesta No: 256642

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias a todos los que se tomaron la molestia de participar.

     

    Que tengan un excelente día.



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