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IMPUESTO SOBRE LA RENTA
- Consulta : 138980
- Autor : aureliano.revilla_NR
- Publicado : Viernes 17 de Febrero de 2012 11:01 desde la IP: 200.23.91.242
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Febrero de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Es factible que el SAT, DESPUES DE UN AÑO aplique impuestos sobre la renta a los gastos de familia para la comida, educacion y pasajes que se depositan a una ama de casa, a pesar de que estos ingresos en su momento ya causaron impuestos del ISR por el conyuge trabajador. cual seria el fundamento legal si, es si o es no.
muchas gracias
aureliano Revilla Rios
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 255092
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Febrero de 2012 00:43 2012-02-18 00:43 desde IP: 201.141.7.76
Sí es factible ya que cuando se deposita en cuentas bancarias no se epecifica el concepto, en consecuencia el SAT presume conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, cualquier depósito como ingreso gravable y eso independientemente del IDE. El SAT cuenta con cinco años para ejercer sus facultades de comprobación. En los últimos dos años el SAT ya ha congelado más de 25,000 cuentas bancarias de personas no dadas de alta en Hacienda y a las que se le hizo llegar cartas invitación por los depósitos detectados. Antas agradezca que no le han congelado su cuenta bancaria.
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Autor
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AutorRespuesta No: 255232
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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Febrero de 2012 20:32 2012-02-19 20:32 desde IP: 201.137.138.241
Buenas noches, sólo complemento la amable respuesta del colega que me antecede.
Si bien es cierto sí es factible que el SAT ejerza sus facultades de comprobación, existen dos cuestiones a tener en cuenta:
1) Si a quien le ejercen las facultades es al tabajador por discrepancia fiscal, en términos del artículo 107 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta esos depósitos no se consideran erogaciones.
2) Si a quien le ejercen facultades de comprobación es a la cónyuge, se deben interponer los medios de defensa necesarios para demostrar que no hubo ingresos, o que esos ingresos están exentos del pago de impuestos.
Si la situación es como la aparenta, creo que tiene grandes posibilidades de éxito su asunto, siempre y cuando lo lleve con un buen abogado especialista en la materia fiscal.
Espero haber sido útil.
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Autor





