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PUEDE MI MAMA COBRAR LA SUBCUENTA DE INFONAVIT DE MI PAPA, YA QUE EL FALLECIO EN 1999, PERO MI MAMA ESTA COBRANDO UNA PENSION PORQUE EL FALLECION.

  • Consulta : 137700
  • Autor : c-ernesto-da_NR
  • Publicado : Sábado 04 de Febrero de 2012 08:11 desde la IP: 189.197.115.179
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,130
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  • Autor
    Consulta

  • c-ernesto-da_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    mi mama puede cobrar la subcuenta de infonavit de mi papa, ya que el fallecio en 1999, pero mi mama esta cobrando una pension porque el fallecion.    NO SE SI ESO PERJUDICA EN ALGO..

    mi papa nunca uso el credito de infonavit

     

    OTRA DUDA

     mi mama dejo de trabajar ase 15 anos, podra ella tramitar tambien el proseso de cobrarar la subcuenta de infonabit..nunca uso el credito de infonavit.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 253513

  • RICHARD.SOLIS7
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    hola con respecto a la cuenta de subcuenta de saldos 97 claro que la puede cobrar tu mama porque es hacia el infonavit antes se demandaba los saldos mas los intereses generados por via amparo indirecto, con la nueva reforma solo es un tramite administrativo donde se lo solicita tu mama a el instituto la devolucion de esos recursos, a lo que el instituto de 10 a 20 le devolvera los saldos (sin intereses) de la cuenta de tu papa, y no interfiere en nada con la pension que recibe tu mama por viudez.

    por otro lado tambien tu mama puede recuperar sus aportaciones del 97 siempre y cuando tenga la documentacion necesaria.

    y como otro punto puede tu mamar pedirle a el infonavit la devolucion de los saldos de la subcuenta 72-92 ante el infonavit y estos de los devuelven en 10 dias y se los pagan por deposito en HSBC.

    espero te sirva mi orientacion saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 253517

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

     

    Mi estimado consultante C_ernesto_da

    Mire, creo que no resultan del todo precisos los comentarios anteriores, toda vez que, su asunto se encuadra en los casos del Grupo 4

    GRUPO 4

     

    Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de Vivienda o demandaron y tienen resolución en contra.

    De conformidad con la reforma a la Ley del Infonavit, a más tardar el 11 de julio de 2012, se emitirán los lineamientos que deberás seguir para el proceso de la devolución de recursos correspondiente. Este proceso se llevará a cabo durante 2012 y los primeros seis meses del 2013. (Les estarán informando…???). 

    Más aún que, respecto del fondo de ahorro 72 – 92,  desafortunadamente lo más probable es que le nieguen estos recursos, tal y como lo establece el articulo 37 de conformidad con lo dispuesto por el acuerdo numero RCA-2065-11/07 del Consejo de Administración del INFONAVIT vigente y aplicable a las aportaciones de ese período, ya el derecho para reclamar SU DINERO, lo más probable es que ya feneció, toda vez que tenia 10 años para hacerlo,  aunado a señalar que, derivado a que en el año de 1991 se  le quitaron 3 ceros al peso, ésta cantidad de dinero resulta sumamente baja.

    Pero puede solicíteselos, y en el caso de fondo de ahorro 72 – 92,  inclusive lo puede hacer vía telefónica al INFONAVIT.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



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