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NORMATIVAS PARA GRAVAR UNA PROPIEDAD.
- Consulta : 135396
- Autor : jmer50_NR
- Publicado : Sábado 14 de Enero de 2012 17:36 desde la IP: 201.164.237.85
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 14 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Sonora
buenas tardes sres. del foro. en un contrato de compra venta, estoy financiando una parte del importe del negocio. el comprador o deudor me va garantizar ese financiamiento con un bien raiz que compro, y que todavia no esta a su nombre, tiene una carta poder notariada para ejercer accion sobre ese bien raiz., como se puede grabar esta propiedad en el reg. publico¿. o si de plano tendria que escriturar a su nombre para poder hacer el gravamen. por su atencion gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 251438
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Enero de 2012 18:43 2012-01-14 18:43 desde IP: 187.194.21.79
no te metas en problemas... un poder no da ese derecho en forma directa... no es dueño de nada... su facultad para escriturar es proto rem... y solo puede ejercerla en cumplimiento de una venta o para auto escriturarse... no puede permitir que graven un inmueble o darlo en garantia... no es de el...
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