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PROCEDE EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA, CUANDO SE HA DECRETADO LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO
- Consulta : 134825
- Autor : abogadotellez_NR
- Publicado : Lunes 09 de Enero de 2012 18:55 desde la IP: 189.225.24.225
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 09 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen día estimados abogados, mi duda versa si en materia civil procede el desistimiento de la demanda en contra de un codemandado, cuando en la sentencia de segundo grado la sala repuso el procedimiento al exisitir litisconsosrcio pasivo necesario. Obviamente en la Legislación del Distrito Federal
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250857
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Enero de 2012 18:58 2012-01-09 18:58 desde IP: 187.194.9.168
si es desistimiento de la acción... si... si es desistimiento de la instancia... debes pedir que le den vista al beneficiado y si el quiere... puede reconvenir y hasta reclamar gastos y costas...
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