Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

¿LEGALMENTE UN ADULTO MAYOR PUEDE ENFRENTAR UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL?

  • Consulta : 134498
  • Autor : juan-manuel.p.villazana_NR
  • Publicado : Jueves 05 de Enero de 2012 20:19 desde la IP: 201.134.132.194
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,088
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • juan-manuel.p.villazana_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    Mi madre enfrenta un juicio ejecutivo mercantil por un pagaré. Creemos que éste es falsificado. Sin embargo, el demandante ha peleado por conseguir la casa de mi madre en garantía de ese pagaré.

    Ella tiene mas de 70 años y consideramos que para empezar ese juicio no procede para ella por la edad.

     

    ¿Serían amable de indicarme si éste juicio procede?

     

    En espera de sus comentarios, estoy a sus órdenes. Un saludo. Juan Manuel

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 250480

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Nada tiene que ver la edad de la demandada, aunque tuviera más de cien años mientras no se encuentre en estado de interdicción, debe contestar la demanda. El abogado es quién debe oponer la falsedad del documento base de la acción.



  • Autor
    Respuesta No: 250483

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Como lo manifiesta la persona que me antecede, la edad en este caso no exenta al deudor de la obligacion de pago y entendiendo que ya su mama fue demandada o esta por serlo, requiere un abogado que conozca el litigio y oponga las excepciones adecuadas para evitar perder el juicio. Es acertada la opinion citada, de que debe de hacer valer como excepcion y defensa la falsedad del documento y denunciar los hechos ante el agente del ministerio publico, por la conducta desplegada por el activo, y el M. P. determinara si existe delito o no y en consecuencia, si procede o no el juicio mercantil. Atte. Lic. J. L. Camacho.



  • Autor
    Respuesta No: 250494

  • abogado potosino
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    efectivamente en palabras del que antecede "la edad en este caso no exenta al deudor de la obligacion de pago", por lo que lo mas seguro es contratar los servicios de un abogado a efecto de contestar la demanda  y en cuanto a la falsedad del titulo debera de probarse en el juicio mercantil por lo que se debera de ofrecer prueba en grafoscopia y/o documentoscopia a efecto de probar dicha falsedad y ofrecer incidente criminal para que el MP intervenga conforme a sus atribuciones, pero reitero independientemente que se denuncien esos hechos delictuosos la falsedad se debera de demostrar en juicio ejecutivo mercantil para que  NO se le  condene a pagar la cantidad que supuestamente se le reclama



  • Autor
    Respuesta No: 250499

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    me quedo con duda, ya que no mencionas si la deudora es tu mama. o se esta demandadno a una persona que vive ahi (tu hermano, primo, ect.) y que peinsen que la casa es de ellos o tu mama sirvio de aval, y que cantidad es para poder llegar al embargo de la casa.

    saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 250597

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mañosamente un abogado puiere arguir DEMENCIA SENIL apoyado on un dictamen medico de farmacias de don simi. Pero ello...solo daria causa a que le fuere nombrado un tutor o curador segun sea el caso para que por su conducto, enfrente el juicio y pague el adeudo. Saludos a los colegas participantes



  • Autor
    Respuesta No: 250598

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mañosamente un abogado puiere arguir DEMENCIA SENIL apoyado on un dictamen medico de farmacias de don simi. Pero ello...solo daria causa a que le fuere nombrado un tutor o curador segun sea el caso para que por su conducto, enfrente el juicio y pague el adeudo. Saludos a los colegas participantes



  • Autor
    Respuesta No: 250629

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si tiene bienes... tiene capacidad... salvo prueba en contrario... su capacidad de gose o de ejercicio...  no la desvinculan de un pago de deuda...

    si la firma es de ella..,. tendra qwue pagar... aunque tu no lo quieras asi...





Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión