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DUDA PARA ARRENDAR
- Consulta : 134479
- Autor : alucard10123
- Publicado : Jueves 05 de Enero de 2012 17:38 desde la IP: 189.162.207.57
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,127
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Enero de 2012
Que tal, buenas tardes, espero me puedan ayudar, tengo una pequeña duda. Resulta que quiero arrendar una casa-habitacion, ya tengo el contrato listo, pero antes quiero saber ¿qué le debo pedir al futuro arrendatario?, es decir, algun papel oficial o algo asi, e igualmente al aval que papeles se le tienen que pedir para firmarlo.
Y otra es en cuanto a los recibos, ¿puedo comprar cualquiera en una papeleria para entregar al mes?, o puedo usar un formato de pagaré que tengo en comadora para darselo al mes.
De antemano agradezco su apreciable ayuda, Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250453
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 17:54 2012-01-05 17:54 desde IP: 187.194.9.168
se llama FIADOR... en materia civil es fiador... en materia mercantil es aval... y se parecen... pero son cosas distintas... y no tienen que ver...
los pagares se han vuelto una opción dentro de los contratos de arrendamiento... pero no son garantia del pago y tampoco puede ser cobrados... ya que su origen es un acto a plazos que esta sujeto a una formula que no reconoce el derecho mercantil...por tanto... si das... puedes dar recibos de papeleria... si das aviso a hacienda o no de tu entrada en rentas... eso no tiene que ver con el deudor arrenatario...
debes pedirle... copias de sus crredenciales de ife... domicilio laboral de ambos... ultimo talon de ingresos a cada uno y copia del predial al fiador de un bien en el lugar del domicilio... ya que luego señalan bienes en otro estado y se enojan con los abogados porque ya se hacen con quitarles su casita o su local de garantia...
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Autor
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AutorRespuesta No: 250454
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 17:58 2012-01-05 17:58 desde IP: 189.162.207.57
Gracias por tu respuesta tan completa, disculpa otra duda. ¿Es obligación del arrendador dar una copia del contrato?, o no tiene por qué darla.
Y ahi mismo en el contrato puedo colocar los aditamentos que tiene la casa (persianas, protecciones, puerta con mosquitero, cocina integral) en la parte final.
Gracias.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250456
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 18:02 2012-01-05 18:02 desde IP: 189.216.206.152
alucard10123
Al Fiador solicitele una fotocopia de la escritura del inmueble que va èl a señalar como garantia en la clausula respectiva del contrato de arrendamiento, esto para el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraidas por su fiado (inquilino), en dicha escritura viene el FOLIO REAL, acuda usted antes de firmar el contrato a solicitar con ese dato del inmueble al Registro Publico de la Propiedad de su Estado un certificado de libertad de gravamen, si no esta gravado el inmueble puede usted proceder a la firma del contrato, le sugiero tambien solicite tanto al Arrendatario como al Fiador una copia de una identificacion Oficial.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250457
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 18:03 2012-01-05 18:03 desde IP: 187.194.9.168
siempre es preferible que tenga su copia el arrendatario... al efecto de que no diga que nunca se celebrpo el contrato...hasle un recibo por el contrato y que firmen ambos deudores solidarios...
si el inventario puede ser muy completo... y hasta con fotografias... la vida moderna de hoy ...lo permite en el propio texto del contrato... no es necesario... pero es opcional...
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Autor
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AutorRespuesta No: 250458
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 18:04 2012-01-05 18:04 desde IP: 189.162.207.57
Gracias por tu respuesta tan completa, disculpa otra duda. ¿Es obligación del arrendador dar una copia del contrato?, o no tiene por qué darla.
Y ahi mismo en el contrato puedo colocar los aditamentos que tiene la casa (persianas, protecciones, puerta con mosquitero, cocina integral) en la parte final.
Gracias.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250459
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 18:06 2012-01-05 18:06 desde IP: 189.216.206.152
alucard10123
Por esta ultima pregunta que usted formula, le sugiero ampliamente contrate usted los servicios de un abogado de su confianza para que le elabore el contrato de arrendamiento de acuerdo a las disposiciones de los Codigos Civiles Vigentes de su Estado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250461
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 18:07 2012-01-05 18:07 desde IP: 189.162.207.57
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Autor
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AutorRespuesta No: 250464
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 18:15 2012-01-05 18:15 desde IP: 189.162.207.57
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