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SOBRE LA INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCION
- Consulta : 134466
- Autor : TANGO210
- Publicado : Jueves 05 de Enero de 2012 15:20 desde la IP: 189.142.150.146
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Enero de 2012
Buenas Tardes a todos en el foro, tengo una duda y ojala me pudiesen orientar: La acción de Petición de Herencia prescibe a los 5 años a partir de reconocidos los derechos hereditarios, es decir del Auto Declaratorio de Herederos. Esto en el Estado de México. Ahora bien mi duda concreta es... la solo interposición de la Demanda de Acción de Petición de Herencia interrumpe la prescripción a que me he referido, o esta se interrumpe hasta que el albacea es emplazado????? Muchas gracias por el tiempo que se toman para orientarme. Saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250444
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 16:56 2012-01-05 16:56 desde IP: 189.142.150.146
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Autor
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AutorRespuesta No: 250470
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 18:31 2012-01-05 18:31 desde IP: 189.142.150.146
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Autor
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AutorRespuesta No: 250881
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Enero de 2012 21:02 2012-01-09 21:02 desde IP: 201.114.2.180
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Autor
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AutorRespuesta No: 250883
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Enero de 2012 21:18 2012-01-09 21:18 desde IP: 201.145.204.162
HOLA
LOS EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA DEMANDA DE ACUERDO A LA DOCTRINA ES :
1.- INTERRUMPIR LA PRESCRIPCION
2.- SEÑALAR EL PRINCIPIO DE LA INSTANCIA
3.- DETERMINAR EL VALOR DE LAS PRESTACIONES EXIGIDAS
Registro No. 241340
Localización:
Séptima Época
Instancia: Tercera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
84 Cuarta Parte
Página: 15
Jurisprudencia
Materia(s): Civil
PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA, POR LA PRESENTACION DE LA DEMANDA.
La presentación de la demanda interrumpe la prescripción, por la consideración de que no es culpa del actor, después de haber hecho una manifestación de no dejar dormido su derecho frente al deudor, ni le es imable, la tardanza o dilación de hacer el emplazamiento, porque esa es ya cuestión de la autoridad.
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 250889
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Enero de 2012 22:03 2012-01-09 22:03 desde IP: 201.114.2.180
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