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UN AMIGO EN DESGRACIA
- Consulta : 133390
- Autor : demonio azul
- Publicado : Martes 20 de Diciembre de 2011 16:49 desde la IP: 187.193.185.163
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Diciembre de 2011
hola compañeros quiero pedirles su opinion el viernes 16 de diciembre para ser exacto le notificaron a un amigo de un pagare y le embargaron su casita que tiene en un ejido pero las medidas que dio el abogado en la cedula de embargo no son las correctas ya que el abogado del actor las señalo y no mi amigo como deudor que puedo hacer para ayudarlo, el acuerdo en la cedula de notificacion dice sentencia definitiva y lo condenaron al pago de las prestaciones que se le reclaman, tiene tres dias para pagar y si no despues que sigue hasta cuando puede presentar el ampara hasta que la sentencia sea ejecutoriada o cuando puede presentar el amparo y donde.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 248521
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 19:34 2011-12-20 19:34 desde IP: 201.145.165.153
HOLA
tiene tres dias para pagar y si no despues que sigue hasta cuando puede presentar el ampara hasta que la sentencia sea ejecutoriada o cuando puede presentar el amparo y donde.
BUENO PRIMERO HAY QUE DETERMINAR DONDE SE PROMOVIO EL JUICIO,??
A CUANTO ASCIENDE LA SUERTE PRINCIPAL???
POR QUE LAS RESPUESTAS A ESTAS PREGUNTAS DETERMINARAN QUE ES LO QUE SIGUE, POR QUE SI EL JUICIO ES COMPETENCIA DE UN JUEZ DE PAZ O CUANTIA MENOR ES PROCEDENTE EL AMPARO DIRECTO, MISMO QUE DEBERA DE CONOCER UN JUZGADO COLEDIADO Y LA DEMANDA SE INTERPONE ANTE LA MISMA AUTORIDAD RESPONSABLE.
SEGUNDO SI ES UN JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, ENONCES PROCEDE LA APELACION Y DESPUES EL AMPARO , RESPETANDO EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD.
SI LA SENTENCIA YA CAUSO EJECUTORIA, NO HAY NADA QUE HACER.
SALUDOS
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