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CONTRATO DE ALIMENTOS

  • Consulta : 133358
  • Autor : lagunapack_NR
  • Publicado : Martes 20 de Diciembre de 2011 11:31 desde la IP: 201.138.127.235
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,140
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  • Autor
    Consulta

  • lagunapack_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Agradezco de antemano la ayuda y orientación que se sirvan brindar; el problema es el  siguiente:

                                        Tengo unos tíos (matrimonio) mayores de edad, los cuales tenían una propiedad pero como ya no puedn bastarse solos, acordaron con otro matrimonio joven "amigos" de ellos, ante el comisariado ejidal de la población que le cedian su propiedad pero ellos  les proporsionaría alimentos, han pasado varios años la propiedad ya está en favor del matrimonio joven que prometió los alimentos, incluso actualmente la tienen en venta y sin embargo no les han dado la ayuda prometida a mis tios, ellos ya estan grandes y confiaron en éllos. ¿Es válido el convenio que celebraron? ¿se puede hacer valer? consulte un abogado acá y me dice que no pues no son familiares y la ley de Jalisco no preve los "alimentos contractuales"  y me dijo que como la transmisión de la propiedad se hizo por compraventa y en escritura pública es casi imposible anularla. ¿Qué podemos hacer?  

                                                                                                                              

     

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  • Autor
    Respuesta No: 248457

  • lic. labor
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    BUENO MIRE FIJESE SI LA PROPIEDAD DE SUS ABUELOS AUN ESTA BAJO EL REGIMEN DE TIERRA EJIDAL, PUES EN ETE CASO ESTAS SON INEMBARGABLES, INALIENABLES, E IMPREIBLES, ESTO ES NO SE PUEDEN EMBARGAR, NO SE PUEDEN ENAJENAR, VENDER, Y NO SE PIERDEN CON EL PASO DEL TIEMPO. PARA VENDER DICHA PROPIEDAD NECESARIAMENTE TUBIERON QUE CAMBIARLA A REGIMEN DE DOMINIO PUBLICO Y ESTA PUEDA SER SUCEPTIBLE DE VENDERSE MEDIANTE EL DERECHO CIVIL SI NO SE REALIZO ESE CAMBIO, PUEDE CALIFICARSE COMO UNA VENTA NULA.

    SI EL CAMBIO DE REGIMEN FUE HECHO, OTRA COSA QUE PODRIA CHECAR ES SI LOS SEÑORES ESTAN CASADOS BAJO SOCIEDAD CONYUGAL Y SI AMBOS FIRMARON , DE NO SER ASI LA VENTA ES NULA.

    SI LA VENTA FUE NULA PROMUEVA JUICIO DE DESALOJO DE PROPIEDAD AJENA. SQUE A LAS PERSONAS JOVENES POR ESTE MEDIO Y DIGALE A SUS ABUELOS QUE SI SUN SON EJIDATARIOS ACUDAN AL RAN (REGISTRO AGRARIO NACIONAL) PARA QUE DEJEN SU LISTA DE HERDEROS.  SALUDOS Y SUERTE...



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