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CUANTO TIEMPO TIENEN , LAS INSTANCIAS GUBERNAMENTALES, PARA CONTESTAR UNA PETICION BAJO EL ARTICULO 8 CONSTITUCIONAL
- Consulta : 133203
- Autor : mrramirezc05_NR
- Publicado : Sábado 17 de Diciembre de 2011 13:48 desde la IP: 201.141.0.13
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 17 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Por medio de la presente, solicito de la manera mas atenta me puedan aclara cuantos dias tienen las instancias gubernamentales para contestar una peticion bajo el articulo 8 constitucional, ya que he metido oficios de maner personal i electronica en diferentes instancias pero aun no he resibido respuesta alguna a la problematica que me a c ontece, la cual describo a continuacion:
La que suscribe C. Martha Rebeca Ramírez Castillo, por medio de la presente me dirijo a usted respetuosamente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para solicitarle de la manera más atenta de su apoyo e intervención a fin de poner solución a una serie de anomalías de las cuales he sido objeto.
El día 1° de octubre de 2006, comencé a desempeñar las actividades de servicios de conserjería dentro de la Escuela primaria “Leona Vicario”, turno Matutino con clave 15EPR22530. Ubicada en la Unidad Habitacional Petroquímica Mza. 9 S/N, 2° Sección de Lomas Verdes. Naucalpan de Juárez. Estado de México. Tel: 53-43-40-51. Perteneciente a Zona Escolar No. P098, con Coordinación Regional, 5. Naucalpan.
Obteniendo una remuneración económica por la cantidad de $1,300.00 de forma mensual y sin ninguna prestación de ley, lo antes mencionado siempre me era entregado de forma personal por el director de dicha institución, Profesor Luis Antonio Herrera Blanquel, pese a que todo recibo que la suscrita firmaba aparecía la leyenda “Sociedad de Padres de Familia” en el recuadro, (RECIBI DE:) e inclusive en dos ocasiones en que me presente a la dirección escolar por mi pago quincenal ($650.00) el director saco el dinero de su billetera, para darme dicho pago, y otorgándome un área destinada para casa conserjería en calidad de comodato de aproximadamente 24 m2. (Anexo copia, No. 1)
Mis obligaciones consistían en el aseo de toda la institución, mantenimiento en general y encargada de la seguridad escolar de los niños en horarios de clase, así como del resguardo de los bienes muebles e inmuebles, mobiliario y equipos escolares de toda la institución, responsabilidad que se aplicaría al termino del horario de labores, fines de semana, días festivos, periodos vacacionales y receso escolar.
Ante dicha situación la que suscribe, se acerco al director de la escuela Luis Antonio Herrera Blanquel para comentarle que si me apoyaba en la búsqueda de una plaza de conserjería, lo cual fue del agrado del director. La suscrita entrego de forma personal oficios, en diversas instancias gubernamentales, esto siempre avalado y recomendado por el director escolar, (Anexo copias, No. 2,3,4,5,6,7,8 y 9) ya que dicha institución, Escuela primaria “Leona Vicario”, turno Matutino, desde su fundación (22-febrero-1984), no contaba con una plaza como la antes mencionada. Toda respuesta que se obtuvo fue de forma negativa a nuestras peticiones, argumentando que no se contaba con plazas vacantes, ni presupuesto para las mismas, debido a las medidas de austeridad y racionalidad para la contención del gasto publico implementadas. (Anexo copia ,No.10)
Durante los dos años tres meses que labore para dichas personas, (director escolar, Luis Antonio Herrera Blanquel, maestros y sociedad de padres de familia) fui testigo presencial de un sinfín de anomalías como: el cobro, recibo y administración de todos los recursos económicos, de todos y cada uno de los niños de la escuela por el concepto de: pago de ingles y comación, por parte de la profesora María del Pilar Araiza Gálvez, con Clave de ISSEMYM 821635447. La retención de boletas oficiales por parte de todos los maestros al final de todo ciclo escolar a quienes tenían adeudos, de cualquier tipo, ingles, comación y/o cooperación anual. Al final del ciclo escolar 2008-2009 y principios del 2009-2010 no hubo cambio de los integrantes de la sociedad de padres de familia, esto fue decisión tanto del director Luis Antonio Herrera Blanquel, como de las personas C. María Elena Victoria Gaytán en su cargo de presidenta, C. Guadalupe Guzmán Salazar en su cargo de secretaria y la C. Lorena Méndez Alberto en su cargo de vocal, quienes fueron parte de la sociedad de padres de familia, de los dos ciclos antes mencionados. El director Luis Antonio Herrera Blanquel, durante todo el tiempo que labore para él y para las personas antes mencionadas, por lo menos tres veces por semana se retiraba alrededor de las 10:30 am, y ya no regresaba hasta el día siguiente. A inicios del siclo escolar 2010-2011, se cambio de sociedad de padres de familia, pero estos nunca pudieron ver los libros para poder verificar los estados de cuenta, de la sociedad anterior, nunca les entregaron cuentas de nada en cuanto a los recursos de la cooperación anual. La suscrita manifestó su inconformidad por todo lo antes mencionado de forma clara y puntual al director escolar, profesor Luis Antonio Herrera Blanquel. Razón por la cual fui objeto de prepotencia, abuso de autoridad, maltrato hacia mi persona, hostigamiento laboral, comentarios mal intencionados con relación a mis hijos, mi trabajo y mi persona, amenazas de despido, difamación, calumnias, entre otras, por parte de algunos maestros y del director Luis Antonio Herrera Blanquel, quien ya no era razonable en cuanto a las actividades que se me hacían a con respecto de mis obligaciones, tales como: que fuera de forma personal a buscar a algunas madres de familia a sus domicilios, con la finalidad de entregar recados del director a dichas personas. Que acompañara a su domicilio a los niños que se sentían mal y que no podían comunicarse con sus padres, para que se pudieran retirar a sus domicilios. Cuando algún grupo no tenia clases, el profesor de guardia o el director Luis Antonio Herrera Blanquel, entregaban a los niños de dicho grupo a los padres de familia o a cualquier adulto que se hiciera responsable, los niños que acudían solos a la escuela, se quedaban hasta el termino de horario de clases con algún maestro, en una de esas ocasiones, se me mando a entregar a dos niños a sus casas, ya que eran los únicos que faltaban por retirarse de todo el grupo que no había tenido clases. Se me mandaba hasta cuatro veces al día a la tienda a comprar productos que eran para uso personal de diferentes profesores. Tenía que conectar la cafetera en la sala de juntas, temprano, para que cuando los maestros llegaran ya estuviera lista el agua para café. Debía de barrer los patios de la escuela con escoba normal, ya que se me argumentaba que la escoba de vara, (que por cierto la que suscribe tenía que comprar de sus propios recursos económicos, ya que se me argumentaba que, pedía demasiado material), levantaba mucho polvo y que les ocasionaba molestias a los profesores y alumnos. Lavado de todos los contenedores de basura cada ocho días, a pesar de que siempre han existido dos conserjes (turno matutino y vespertino) la que suscribe era quien ellos deseaban que realizara dicha actividad, ya que no se me permitió pedir apoyo a la conserje del otro turno, ni que nos repartiéramos el trabajo. La que suscribe tenia, que conseguir quien me supliera en caso de que por causas de fuerza mayor, tuviera que salir algunas horas de la escuela, (cuestiones medicas, cuestiones escolares de mis hijos, como firma de boletas, juntas, etc., y/o en caso de entrega de los oficios antes mencionados), de lo contrario no se me otorgaba permiso alguno para que pudiera realizar dicha actividad.
El día 16 de enero de 2009, fui despedida injustificadamente por el Director de la escuela, Luis Antonio Herrera Blanquel y tres miembros de la sociedad de padres de familia, C. María Elena Victoria Gaytán en su cargo de presidenta, C. Guadalupe Guzmán Salazar en su cargo de secretaria y la C. Lorena Méndez Alberto en su cargo de vocal. Ofreciéndome como liquidación total la cantidad de $1,310.00 y dándome ocho días como plazo para desalojar la casa conserjería.
Con relación a lo antes mencionado, la suscrita se vio en la necesidad de actuar legalmente en contra del director Luis Antonio Herrera Blanquel y las personas antes mencionadas mediante una demanda laboral en la Junta Especial Numero Uno de la Local, de Conciliación y Arbitraje del Valle de Cuautitlan Texcoco. Ubicada en Avenida San Ignacio, numero 2, Colonia los Reyes Iztacala, Tlalnepantla, Estado de México, con No. de Expediente 52/09. (Anexo copia, No. 11)
Hago de su conocimiento que hasta el día jueves 24 de marzo de 2011, la suscrita junto con su familia, había estado viviendo en el anexo destinado para casa conserjería, que se encuentra dentro de la escuela primaria antes referida.
Desde el día 1° de diciembre de 2009, el Gobierno del Estado de México, en respuesta a los oficios que la suscrita tramito, mando a una respuesta positiva. El director de la escuela Luis Antonio Herrera Blanquel, me mando avisar con una profesora que me presentara en la dirección, dentro de la misma dirección escolar el director me comenta a cerca de la respuesta que acababa de recibir, haciéndome saber por su propia voz que “por obvias razones no pensaba dejar esa plaza, (que en todo momento se solicito para la suscrita), a mi nombre.” Entrando como conserje la C. Esperanza Sánchez Dávila, con Clave PSP 997626331, quien al no contar con la casa conserjería, manifestó su inconformidad en toda ocasión posible. Mal informando a algunos padres de familia, inventándoles que era víctima de agresiones verbales de la suscrita e invitando a algunos profesores y vecinos de la localidad donde se encuentra ubicada la escuela a participar en dicha problemática. (Anexo copia, No. 12)
La C. Esperanza Sánchez Dávila, en diversas ocasiones me agredió verbal e inclusive físicamente, situaciones que siempre fueron comentadas al director escolar Luis Antonio Herrera Blanquel y al algunos profesores, a lo que siempre respondían a la suscrita que ellos lo “checaban”, estando enterado de todas y cada una de las ocasiones en que fui objeto de abusos, agresiones y difamaciones, el director escolar nunca mostro intención alguna de resolver dichas situaciones de agresión de las que fui objeto.
El día jueves 24 de marzo de 2011, siendo aproximadamente las 7:00 am la C. Esperanza Sánchez Dávila, me agredió tanto física como verbalmente, razón por la cual me dirigí, en compañía de mis dos hijas menores y mi esposo C. Alberto Flores Echevarría, al Centro de Justicia del municipio de Naucalpan a levantar mi denuncia por lesiones (Anexo copia, No. 13), aproximadamente a las 9:30 am. Recibí una llamada a mi numero celular, donde me informaron que el director Luis Antonio Herrera Blanquel y el C. Adrian Robles Mayen, presidente de la sociedad de padres de familia del ciclo escolar 2010-2011, me habían cambiado el candado de la puerta trasera de la escuela por la cual yo y mi familia teníamos acceso a el anexo antes mencionado. Mi esposos que se encontraba conmigo, se dirigió a la escuela para verificar la información antes mencionada y al llegar a la escuela se encontró con que efectivamente habían puesto un candado nuevo y que la llave que nosotros poseíamos no habría el candado que se encontraba puesto. Cabe mencionar que la profesora Juana Carrasco Morales, con Clave ISSEMYM 821637155 y el profesor Octavio Aragón Méndez con Clave ISSEMYM 989940878, de forma grosera y prepotente le informaron a mi esposo, que el director Luis Antonio Herrera Blanquel, había dejado órdenes de no dejar entrar a la escuela tanto a la suscrita como a cualquier integrante de mi familia, que hasta nuevo aviso los candados nuevos permanecerían donde se encontraban en ese momento. Mi esposo le pide permiso a la profesora entes mencionada de sacar nuestras cosas a lo que esta contesta de forma definitiva que “no”, mi esposos pide le llamen al director Luis Antonio Herrera Blanquel, para poder platicar con él y la profesora le comenta que no se encuentra y que por favor se retire que ya le había dicho todo lo que necesitaba saber. Incluso se tomaron el atrevimiento de poner en la puerta principal de la escuela, cartulinas en donde de forma escrita, se lincho moralmente, a la suscrita así como se le calumniaba, y difamaba de forma directa, (Anexo copia de las fotos, No. 15). Mi esposo regresa conmigo al Centro de Justicia de Naucalpan, le comentamos lo sucedido al Ministerio Publico en turno, quien nos recomendó que levantáramos la denuncia correspondiente por el delito de despojo. (Anexo copia, No. 14)
Hasta el día de hoy no tengo acceso a mis pertenencias y las de mi familia, me he dirigido de forma personal con el director Luis Antonio Herrera Blanquel, con la finalidad de que me sean entregadas dichas pertenencias, pero esto me ha sido negado en varias ocasiones y de diversas formas.
Solicito de la manera más atenta, se sirva usted prestar atención, a dicha problemática, ya que me he acercado a diversas instancias gubernamentales, sin obtener respuesta favorable alguna.
Quedando de Usted como su Atenta y Segura Servidora, GRACIAS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 248201
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Diciembre de 2011 14:07 2011-12-17 14:07 desde IP: 187.194.50.162
Debe tener todo escrito, los siguientes datos o informes;
Nombre de la Autoridad.
Domicilio de la autoridad.
feha.
nombre de quien promueve.
señalar si es por derecho propio o anombre de otra persona.
domicilio donde puede ser localizada,
numero de la credencial de Elector o IFE.
nùmero del rfc.
ser claros en el sentido que señala el artìculo 8 constitucional
ser sucinto y no contener infoirmaciòn tendenciosa o critica insana.
Por cierto, no lei tu mensaje, nadie lo va a leer, no es claro y sucinto y no tiene nada que tenga que informarse.
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