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DUDA

  • Consulta : 133106
  • Autor : fjll_juz2paz_NR
  • Publicado : Jueves 15 de Diciembre de 2011 23:18 desde la IP: 201.160.38.8
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • fjll_juz2paz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guerrero

    Buenas noches, mi nombre es francisco leyva, tengo una duda en base a un problema personal, mi esposa esta desaparecida desde hace 2 meses, ella trabaja en un banco, al banco se le proporciono copia certificada del acta del mp., ¿ puede el banco despedir a mi esposa, aunque ella no este presente fisicamente en estos momentos,  y si lo hicieran, se puede proceder legalmente, mediante demanda o amparo?, de antemano gracias por su tiempo-

     

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  • Autor
    Respuesta No: 248191

  • Juan 123
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    AVER AVER TU ESPOSA ESTA DESAPARESIDA y a ty lo que te importa es que no la despidan de su trabajo??

    que mundo..



  • Autor
    Respuesta No: 248207

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Una vez que  han pasado  mas de 3 dias de haber abandonado el trabajo,  este puede ser rescindido por la patronal, sin que tenga derecho a liquidaciòn alguna.

    Desde luego que no puede pedir una amparo, ya que la ptronal no es una autoridad, solo se puede uno amparar contra acto de autoridad, ella ya perdio todos los derechos laborales que la ley concede.

    Gracioso el juan 123, muy gracioso, pero poco objetivo, hay que responder primero la cuestiòn y luego si quieres, hacer tu poco sofisticada  manifestaciòn de risa.

    Por cierto y no es burla, mas de 3 son 4, mas de 3 son 100, no tres exactamente, si la rescisiòn fue  a los tres dias, ahi esta el despido injustificado y, tiene 60 dias para reclamarlo, ella, no tu, tu nada tienes que ver en el asunto, aun cuando seas esposo, padre o hermano o hijo, nada tienes que ver y nada puedes reclamar. pasados los 60 dias, ni  la indemnizaciòn por muerte o derechos ante el imss.



  • Autor
    Respuesta No: 248209

  • SKINERF
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    mascaranegra se te olvida mencionar que para que dicho despido proceda debe de ser notificado el trabajador de las ausencias; es decir el Patron debe de notificar a la Junta de cada una de las faltas si no dicho despido es improcedente y a partir de dicha fecha tendra 60 dias para iniciar la accion procedente.



  • Autor
    Respuesta No: 248213

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    la consulta joven skiner es si se puede amparar, si algo quisoeran hacer, deberan acudir ante un abogado que sabra que hacer; ahora bien, lo que haga o deje de hacer la patronal, no es de interes  nustro, es un  supuesto de loq ue dbee hacer.

    Saludos  y es muy claro lo que manifiestas y muy enriquecedor.



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