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PATRIA POTESTAD

  • Consulta : 132940
  • Autor : lotito_jennnie_NR
  • Publicado : Miércoles 14 de Diciembre de 2011 10:55 desde la IP: 189.195.69.217
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
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  • Autor
    Consulta

  • lotito_jennnie_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    hola tengo un niño de año y medio hace ocho mese corri a mi esposo porque me estaba siendo infiel y me entere que se tomaba fotos y videos desnudo ahi tengo todas las pruebas de estos hechos. firmamos un acuerdo por parte del Dif donde se acuerdan la guardia y custodia del niño las visitas y la pension alimenticia. el siempre pone excusas para depositar y a vces deposita hasta seis dias despues, cuando viene a visitar al niño siempre me esta reclamando que su familia tiene derecho de ver al niño que soy una egoista en fin muchas cosas. ahora dice que me va a demandar para poder llvarse al niño los fines de semana y traerlo en la noche no se que puedo hacer y si es posble esto.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 247900

  • edelberto perez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sin duda es dificil tu caso, y orientar sin más datos es aventurado, sin embargo te comento algunos puntos que debeis tomar en cuenta:

     

    La ley reconoce solo ciertas causas para que tu puedas iniciar un juicio y solicitar que el pierda la patria potestad, una de ellas y la más utilizada es el incumplimiento de pension ailmenticia pero de forma injustificada, por mas de noventa días, entonces cuando no te deposita eld día pero no pasa de 90 días, no procedera tu juicio.......

    Ahora, en cuanto a los videos, puede ser una causa, sin embargo va a depender que tipo de conductas tenga en estos videos, pero si no ponen en riesgo latente a tu hijo, no procedera la perdida de la patria potestad...

     

    Ahora en cuanto a la familia, si tiene razón el señor, puesto que el menor si quiere este, puede convivir con la familia paterna, y creo yo, que mientras sea un beneficio para  el menor, SE PUEDE Y SE DEBE.............

     

    Checalo muy bien y escucha a tu hijo................... en cuanto a que el padre pueda convivir en su domicilio los fines de semana, dependerá del ¨juez y de como exponga el en su demanda, y si no se pone en riesgo al menor, no creoporque no se lo dejen ir............

     

    inmediatamente acude ante un abogado especialista...



  • Autor
    Respuesta No: 247941

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los actos celebrados ante el DIF y que  no fueron llevadoa a ratificar ante un juzgado, no tienen ningun valor, no pueden ser objeto de obligacion por incumplimiento; mientras de dinero, no tienes  derecho a reclamar nada; y claro que puede demandar la convivencia y que los pqrientes, hermnos, tios, abuelos, puedan convivir con esos niños, y nada al contrario puedes reclamar.



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