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JUICIO DE AMPARO

  • Consulta : 132439
  • Autor : hector miguel
  • Publicado : Miércoles 07 de Diciembre de 2011 17:48 desde la IP: 201.158.155.112
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • hector miguel
    USUARIO REGISTRADO

    Muy buenas tardes a todos y de antemano muchas gracias por su tiempo.

    Mi consulta es la siguiente:

    Soy tercero perjudicado en un juicio de amparo por una orden de aprehencion,yo en mi papel de tercero perjudicado puedo participar ya que en la declaracion que hacen los quejosos hay muchas mentiras y falsedades las cuales yo puedo desmentir puesto que tengo copias de  documentos legales expedidos por el juzgado de lo familiar del d.f.  que acreditan que lo que dicen es mentira, por ejemplo:

    En el mes de enero fui golpeado por estas personas, y ellos argumentan que me conocen hasta el mes de febrero cuando fuimos testigos de un incidente de cambio de regimen de visitas,(por agrecion fisica, psicologica y verval), pero yo tengo un documento que dice que fue en el mes de abril cuando fuimos testigos de ese incidente, tambien esta la dclaracion del menor (hijo de uno de ellos) en el mes de junio donde el dice que estas dos personas intentan golpearme por primera vez en el mes de dic. del año pasado.

    Y mas o menos asi es como continua la declaracion de los quejosos, pero de casi todo la que declaran yo tengo como desmentir sus falsedades mi pregunta es ¿Puedo yo presentar las pruebas que tengo o solamente puedo ir a escuchar? ya que el abogado que tengo ( de oficio) no me orienta al contrario el dice que como ellos no estan bajo protesta si yo los desmiento pueden cambiar la declaracion las veces que ellos quieran, y que no tiene mucho caso que solamente alargaria el proceso.  ¿ES ESTO CIERTO?

    Por lo anterior es que recurro a este foro, para que alguien pueda orientarme, 

    Gracias por todo.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 247391

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    hector miguel:

    dices que eres tercero perjudicado, ¿los quejosos te señalaron y fuiste reconocido en el juicio de amparo como tercero perjudicado? si cuentas con pruebas para acreditar que los quejosos estan mintiendo debes aportarlas al juicio antes de la audiencia constitucional, si no lo haces lo mas seguro es que obtengan una sentencia favorable y adios orden de aprehension.

     

    si los quejosos mienten alcahuetiados por tu abogado, si es delito federal "debes desmentirlos, solo si cuentas con pruebas para acreditarlo"



  • Autor
    Respuesta No: 247409

  • Ferrer Patricia
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Usted debe contratar a un abogado particular, este asunto se deriva de problemas anteriores y usted debe hacer valer lo que dice, de locontrario usted se verá afectado y ya no tendrpa oportunidad de deefenderse, el juez le dira luego que por qué no hizo valer antes lo que sabia. Yo en su lugar denunciaría a estas personas por los delitos de falsedad en declaraciones.  llameme si gusta que le apoye con su juicio, vea mi pagina, es triple w punto  asesoriapenalycivil punto com, o llamame a los telefornos 04455 28844 0070, 6002 0365, 0 5872 8361



  • Autor
    Respuesta No: 264115

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Héctor Miguel

    Usted como la víctima u ofendido del delito puede intervenir en el juicio de amparo indirecto con el carácter de tercero perjudicado cuando el acto reclamado afecte en los hechos a la reparación del daño, dada la posibilidad de que pudiera emitirse un fallo que le resultara perjudicial al conceder el amparo al quejoso.

    Por lo que debe ocurrir ante el Juez de Amparo para manifestar lo que a sus intereses corresponda, y además para manifestar los daños ocasionados por el quejoso, aportando las pruebas y manifestando la falsedad de las mentiras y solicitar se le de vista al C. agente del Ministerio Publico de la Federación, para que se manifieste sobre las mentiras del Quejoso.

    El artículo 211, fracción I, de la Ley de Amparo, dispone:

    Artículo 211.- Se impondrá sanción de seis meses a tres años de prisión y multa de diez a noventa días de salario:

                I.- Al quejoso en un juicio de amparo que al formular su demanda afirme hechos falsos u omita los que le consten en relación con el amparo, siempre que no se reclamen algunos de los actos a que se refiere el artículo 17;

     

                II.- Al quejoso o tercero perjudicado en un juicio de amparo, que presente testigos o documentos falsos, y

     

                III.- Al quejoso en un juicio de amparo que para darle competencia a un juez de Distrito, designe como autoridad ejectuora (sic) a una que no lo sea, siempre que no se reclamen algunos de los actos a que se refiere el artículo 17.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx

     

     



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